Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Ferias. Ayudas. (2021AC0079)
Acuerdo de 20 de octubre de 2021, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la feria internacional SIAL París, para el ejercicio 2022.
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NÚMERO 206
Martes, 26 de octubre de 2021
50572
Disposición final segunda. Ejercicio de potestades administrativas.
La autorización previa a la concesión, así como las funciones derivadas de la exigencia del
reintegro y de la imposición de sanciones, se ejercerán por la Secretaría General de Economía
y Comercio, sin perjuicio de las funciones de control y demás potestades administrativas que
corresponda al resto de órganos de la Administración competentes en cada caso.
Disposición final tercera. Eficacia y recursos.
El presente acuerdo será eficaz el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura.
En el ejercicio de las funciones de control y demás que comportan potestades administrativas,
se podrá interponer recurso de alzada, tanto contra el presente acuerdo de convocatoria como
contra la resolución del Consejero Delegado de Extremadura Avante Servicios Avanzados a
Pymes, SLU, ante el Secretario de Economía y Comercio de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al que se publique
el Acuerdo, o que se dicte el acto, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en
la disposición adicional tercera de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan
ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
Mérida, 20 de octubre de 2021. El Consejero Delegado de Extremadura Avante Servicios
Avanzados a Pymes, SLU, MIGUEL BERNAL CARRIÓN.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
"Una manera de hacer Europa"
Martes, 26 de octubre de 2021
50572
Disposición final segunda. Ejercicio de potestades administrativas.
La autorización previa a la concesión, así como las funciones derivadas de la exigencia del
reintegro y de la imposición de sanciones, se ejercerán por la Secretaría General de Economía
y Comercio, sin perjuicio de las funciones de control y demás potestades administrativas que
corresponda al resto de órganos de la Administración competentes en cada caso.
Disposición final tercera. Eficacia y recursos.
El presente acuerdo será eficaz el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura.
En el ejercicio de las funciones de control y demás que comportan potestades administrativas,
se podrá interponer recurso de alzada, tanto contra el presente acuerdo de convocatoria como
contra la resolución del Consejero Delegado de Extremadura Avante Servicios Avanzados a
Pymes, SLU, ante el Secretario de Economía y Comercio de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al que se publique
el Acuerdo, o que se dicte el acto, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en
la disposición adicional tercera de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan
ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
Mérida, 20 de octubre de 2021. El Consejero Delegado de Extremadura Avante Servicios
Avanzados a Pymes, SLU, MIGUEL BERNAL CARRIÓN.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
"Una manera de hacer Europa"