Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2020062245)
Resolución de 8 de octubre de 2020, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la explotación porcina de cebo, promovida por Explotación Agropecuaria Cantalgallo, SA, en los términos municipales de Campillo de Llerena y Peraleda del Zaucejo (Badajoz).
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NÚMERO 215
Viernes, 6 de noviembre de 2020

40184

— En la parte superior del depósito se instalará una tubería de ventilación al objeto de
facilitar la salida de gases procedentes de la fermentación anaerobia.
El depósito deberá ser vaciado por un gestor de residuos debidamente autorizado para la
gestión del residuo no peligroso de código LER 20 03 04; con la periodicidad adecuada
para evitar el riesgo de rebosamiento del mismo. A tal efecto, se deberá tener a disposición de los organismos encargados de velar por la protección del Medio Ambiente, a petición del personal acreditado por los mismos, la documentación que acredite la recogida y
destino adecuados de las aguas residuales acumuladas en dicho depósito; y, asimismo, se
deberá comunicar a dichos organismos cualquier incidencia que pueda ocurrir.
7. El titular de la instalación deberá favorecer que las aguas pluviales no contaminadas se
evacuen de forma natural, hasta la parte exterior de las instalaciones, haciéndose especial
mención a aquéllas que caigan sobre el techo de las naves. A tales efectos, se considerarán aguas pluviales contaminadas las que entren en contacto con los animales o sus
deyecciones, en particular las que caigan sobre las fosas de purines.
8. El titular de la instalación deberá garantizar que se minimiza el uso del agua, mantendrá
un registro del uso del agua por ejemplo mediante la instalación de un caudalímetro y
detectará y reparará las fugas.

- e - Medidas de prevención y reducción de la contaminación
lumínica
La instalación no dispondrá de iluminación exterior por lo que no se prevé contaminación
lumínica, según la documentación aportada en la tramitación. En el caso de que estas
circunstancias cambien se deberá comunicar a esta Dirección General de Sostenibilidad.

- f - Condiciones de diseño y manejo de la explotación
1. Las naves contarán con la superficie mínima establecida para el bienestar y protección de
los cerdos. En su construcción no podrá utilizarse madera, ni cualquier otro tipo de material que dificulte la limpieza y desinfección, constituyendo así una fuente de contagio de
enfermedades. Las puertas y ventanas deben ser de carpintería metálica. Cualquier apertura al exterior dispondrá de una red de mallas que impida el acceso de aves.
2. En cuanto a las características constructivas y condiciones higiénico-sanitarias se atenderá
al cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa sectorial de aplicación,
cumpliendo entre otros los siguientes requisitos: