Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2020062298)
Resolución de 27 de octubre de 2020, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula valoración ambiental de la modificación del proyecto de "LAMT Alcántara-Garrovillas", a realizar en el término municipal de Alcántara (Cáceres), cuya promotora es Eléctricas Pitarch Distribución, SLU. Expte.: IA20/0796.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 215
Viernes, 6 de noviembre de 2020

40265

RESOLUCIÓN de 27 de octubre de 2020, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula valoración ambiental de la
modificación del proyecto de “LAMT Alcántara-Garrovillas”, a realizar en el
término municipal de Alcántara (Cáceres), cuya promotora es Eléctricas
Pitarch Distribución, SLU. Expte.: IA20/0796. (2020062298)
En relación con el proyecto de modificación de “LAMT Alcántara–Garrovillas”, a realizar en
el término municipal de Alcántara (Cáceres), cuya promotora es Eléctricas Pitarch Distribución, SLU, se procede a determinar si la modificación en el proyecto ejecutado puede
tener efectos adversos significativos sobre el medio ambiente, para someterlo o no al
procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, según lo establecido en el
artículo 86 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
El proyecto original consistía en la instalación de una línea eléctrica aérea de media tensión a
15 kV y una longitud de 38.033 metros, para dar servicio eléctrico a las localidades de Mata
de Alcántara, Villa del Rey y Brozas (Cáceres).
El artículo 86.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, establece:
“Los promotores que pretendan introducir modificaciones de proyectos incluidos en el anexo
IV deberán presentar ante el órgano ambiental un documento ambiental con el contenido
recogido en el artículo 80 de la presente ley”.
Dando cumplimiento a esta obligación legal, con fecha 3 de agosto de 2020 tuvo entrada en
el Sistema de Registro Electrónico de la Administración General del Estado, documentación
remitida por Eléctricas Pitarch Distribución, SLU, referida a la modificación del proyecto.
Dicha modificación implica las siguientes actuaciones:
— Instalar en el apoyo existente n.º 16 un interruptor automático tipo Reconectador con
poder de corte en carga y cierre en corto, provisto de transformador de tensión y dos
juegos de autoválvulas, con cuadro de mando y equipo de telecontrol.
— Instalar dos juegos de seccionadores unipolares de 24 kV para aislar el interruptor.
— Instalar un seccionador tripolar BY-PASS, tipo dial en montaje horizontal, para poder
mantener el servicio en caso de avería del interruptor, así como facilitar las revisiones y
mantenimientos del mismo.