Autoridades Y Personal. Nombramientos, Situaciones E Incidencias. Consejería De Educación Y Empleo. Delegación De Competencias.- (2020062336)
Resolución de 29 de octubre de 2020, de la Secretaría General, por la que se delega la competencia en materia de aprobación de convocatorias de subvenciones en el Secretario General del Servicio Extremeño Público de Empleo.
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NÚMERO 214
Jueves, 5 de noviembre de 2020
II
39979
AUTORIDADES Y PERSONAL
1.— NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
RESOLUCIÓN de 29 de octubre de 2020, de la Secretaría General, por la
que se delega la competencia en materia de aprobación de convocatorias
de subvenciones en el Secretario General del Servicio Extremeño Público de
Empleo. (2020062336)
La Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma
de Extremadura (DOE n.º 69, de 9 de abril), entre otras, ha venido a disponer modificaciones importantes en el rango normativo y las competencias de los órganos directivos de las
Consejerías, en particular para las convocatorias de subvenciones. Así, determina que a
partir de la efectividad de su vigencia, los órganos competentes para las convocatorias de
subvenciones son los Secretarios Generales de las Consejerías, cuando antes se residenciaba
dicha competencia en los titulares de las consejerías.
Este órgano entiende que, para abundar en una mayor agilización y simplificación en los
procedimientos, así como para residenciar competencialmente de una forma más adecuada
por la especialización en la materia de subvenciones, el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, permite que dichas competencias puedan
ser delegadas en otros órganos de la misma Administración.
Por las razones expuestas, esta Secretaría General considera procedente delegar en la Secretaría General del Servicio Extremeño Público de Empleo las competencias relativas a las
convocatorias de subvenciones gestionadas por el SEXPE. Dicha competencia se encontraba
delegada anteriormente en la Dirección Gerencia del SEXPE mediante Resolución de 13 de
noviembre de 2019 de esta Secretaría General sobre delegación de determinadas competencias y delegación de firma (DOE n.º 223, de 19 de noviembre).
A tenor de lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y el artículo 72 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Delegar en la Secretaría General del Servicio Extremeño Público de Empleo la
competencia para aprobar las convocatorias de concesión de subvenciones en régimen de
Jueves, 5 de noviembre de 2020
II
39979
AUTORIDADES Y PERSONAL
1.— NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
RESOLUCIÓN de 29 de octubre de 2020, de la Secretaría General, por la
que se delega la competencia en materia de aprobación de convocatorias
de subvenciones en el Secretario General del Servicio Extremeño Público de
Empleo. (2020062336)
La Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma
de Extremadura (DOE n.º 69, de 9 de abril), entre otras, ha venido a disponer modificaciones importantes en el rango normativo y las competencias de los órganos directivos de las
Consejerías, en particular para las convocatorias de subvenciones. Así, determina que a
partir de la efectividad de su vigencia, los órganos competentes para las convocatorias de
subvenciones son los Secretarios Generales de las Consejerías, cuando antes se residenciaba
dicha competencia en los titulares de las consejerías.
Este órgano entiende que, para abundar en una mayor agilización y simplificación en los
procedimientos, así como para residenciar competencialmente de una forma más adecuada
por la especialización en la materia de subvenciones, el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, permite que dichas competencias puedan
ser delegadas en otros órganos de la misma Administración.
Por las razones expuestas, esta Secretaría General considera procedente delegar en la Secretaría General del Servicio Extremeño Público de Empleo las competencias relativas a las
convocatorias de subvenciones gestionadas por el SEXPE. Dicha competencia se encontraba
delegada anteriormente en la Dirección Gerencia del SEXPE mediante Resolución de 13 de
noviembre de 2019 de esta Secretaría General sobre delegación de determinadas competencias y delegación de firma (DOE n.º 223, de 19 de noviembre).
A tenor de lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y el artículo 72 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Delegar en la Secretaría General del Servicio Extremeño Público de Empleo la
competencia para aprobar las convocatorias de concesión de subvenciones en régimen de