Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2020062198)
Resolución de 22 de octubre de 2020, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y la finca "El Espinel", para el desarrollo de las prácticas de campo de los alumnos del Módulo Profesional de Auxiliar de Mayorales de Reses de Lidia y del Ciclo de Grado Superior de Ganadería y Asistencia en Sanidad Animal del Centro de Formación del Medio Rural de Moraleja.
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NÚMERO 214
Jueves, 5 de noviembre de 2020
40031
La cantidad total que esta Consejería va a aportar por curso escolar, testimonial teniendo en
cuenta la cantidad de alumnos (oferta de matrícula de 30 alumnos), el tiempo y los medios y
recursos que se ponen a su disposición, será de 13.725,00 € (trece mil setecientos veinticinco euros). En total, para ambos cursos escolares 27.450,00 €. A pagar por trimestre vencido,
la cantidad de 4.575,00 €.
La financiación de esta colaboración va a estar cofinanciada por el Programa Operativo 20142020 de Fondo Social Europeo (FSE), en el marco del Objetivo Temático 10: “Invertir en
educación y formación profesional para la adquisición de capacidades y un aprendizaje
permanente”; y la Prioridad de la Inversión 4: “Mejora de la adecuación al mercado laboral
de los sistemas de educación y formación, facilitando la transición de la educación al trabajo
y reforzando los sistemas de educación y formación profesional y su calidad, incluso a través
de mecanismos para anticipar la necesidad de cualificaciones, la adaptación de los planes de
estudio y el establecimiento y el desarrollo de sistemas de aprendizaje en el trabajo, con
inclusión de sistemas duales y de formación de aprendices”.
Concretamente en el Objetivo Específico 10.4.1.”Aumentar la participación en la formación
Profesional de grado medio y superior para mejorar la calidad de la formación profesional,
aumentando la oferta formativa”, apoyando a las acciones de formación profesional y adquisición de competencias, en la que se incluyen acciones en formación profesional que sostienen la posibilidad de financiar esta formación práctica, de campo, como medio de mantener
actividades tradicionales que mantengan la población joven en el medio rural.
La aportación económica de la Junta de Extremadura se realizará con cargo a la Aplicación
Presupuestaria 2020/G/120030000/222F/64100/FS14100401/20160168, y la misma se
encuentra cofinanciada en un 80 % con cargo al Fondo Social Europeo (Objetivo específico
10.4.1).
Para el control de su ejecución se constituirá una Comisión de Seguimiento formada por un
representante de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, el
Director de CFMR de Moraleja y en su defecto, el Jefe de Estudios, y por la parte de la Explotación el Titular de la Misma, o persona de la explotación en quien delegue.
Sexta. Efectos y vigencia.
El plazo de vigencia se extiende desde el inicio del curso escolar 2020-2021, al final del curso
2021-2022, independientemente de la fecha de la firma del convenio, con las limitaciones
establecidas por el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas. El Convenio podrá, no obstante, prorrogarse, de forma justificada por acuerdo de las partes, por el tiempo mínimo imprescindible para la finalización de
los contenidos de la colaboración.
Jueves, 5 de noviembre de 2020
40031
La cantidad total que esta Consejería va a aportar por curso escolar, testimonial teniendo en
cuenta la cantidad de alumnos (oferta de matrícula de 30 alumnos), el tiempo y los medios y
recursos que se ponen a su disposición, será de 13.725,00 € (trece mil setecientos veinticinco euros). En total, para ambos cursos escolares 27.450,00 €. A pagar por trimestre vencido,
la cantidad de 4.575,00 €.
La financiación de esta colaboración va a estar cofinanciada por el Programa Operativo 20142020 de Fondo Social Europeo (FSE), en el marco del Objetivo Temático 10: “Invertir en
educación y formación profesional para la adquisición de capacidades y un aprendizaje
permanente”; y la Prioridad de la Inversión 4: “Mejora de la adecuación al mercado laboral
de los sistemas de educación y formación, facilitando la transición de la educación al trabajo
y reforzando los sistemas de educación y formación profesional y su calidad, incluso a través
de mecanismos para anticipar la necesidad de cualificaciones, la adaptación de los planes de
estudio y el establecimiento y el desarrollo de sistemas de aprendizaje en el trabajo, con
inclusión de sistemas duales y de formación de aprendices”.
Concretamente en el Objetivo Específico 10.4.1.”Aumentar la participación en la formación
Profesional de grado medio y superior para mejorar la calidad de la formación profesional,
aumentando la oferta formativa”, apoyando a las acciones de formación profesional y adquisición de competencias, en la que se incluyen acciones en formación profesional que sostienen la posibilidad de financiar esta formación práctica, de campo, como medio de mantener
actividades tradicionales que mantengan la población joven en el medio rural.
La aportación económica de la Junta de Extremadura se realizará con cargo a la Aplicación
Presupuestaria 2020/G/120030000/222F/64100/FS14100401/20160168, y la misma se
encuentra cofinanciada en un 80 % con cargo al Fondo Social Europeo (Objetivo específico
10.4.1).
Para el control de su ejecución se constituirá una Comisión de Seguimiento formada por un
representante de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, el
Director de CFMR de Moraleja y en su defecto, el Jefe de Estudios, y por la parte de la Explotación el Titular de la Misma, o persona de la explotación en quien delegue.
Sexta. Efectos y vigencia.
El plazo de vigencia se extiende desde el inicio del curso escolar 2020-2021, al final del curso
2021-2022, independientemente de la fecha de la firma del convenio, con las limitaciones
establecidas por el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas. El Convenio podrá, no obstante, prorrogarse, de forma justificada por acuerdo de las partes, por el tiempo mínimo imprescindible para la finalización de
los contenidos de la colaboración.