Anuncios. Ayuntamiento De Mohedas De Granadilla. Normas Subsidiarias.- (2020081108)
Anuncio de 19 de octubre de 2020 sobre aprobación definitiva de la modificación puntual n.º 5 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento.
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 214
Jueves, 5 de noviembre de 2020

40121

AYUNTAMIENTO DE MOHEDAS DE GRANADILLA
ANUNCIO de 19 de octubre de 2020 sobre aprobación definitiva de la
modificación puntual n.º 5 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento.
(2020081108)

El Excmo. Ayuntamiento Pleno de Mohedas de Granadilla, en su sesión del día 7 de octubre
de 2020, aprobó definitivamente la modificación puntual n.º 5 de las Normas Subsidiarias de
Planeamiento presentada por D.ª Jennifer Hernández Avelino.
Habiéndose procedido en fecha 19.10.2020 al envío de citada modificación a la Dirección
General de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, se hace público dicho
acuerdo para general conocimiento: que afecta a la ordenación detallada de la ordenanza
“Extensión Unifamiliar”, cuyo objeto es la modificación de los siguientes parámetros.
1.º Retranqueos a linderos laterales (medianeros): se reduce de 3 metros a 2 metros. Esta
medida cumple con las condiciones de habitabilidad establecidas en el Decreto 10/2019,
de 12 de febrero, por el que se regulan las exigencias básicas de la edificación destinada
a uso residencial vivienda en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2.º Frente mínimo: se pretende reducir de 15 metros a 10 metros, más ajustado al parcelario existente y a las condiciones orográficas y de desarrollo del núcleo. Se exceptúa el
cumplimiento del frente mínimo, siempre que en la parcela se pueda inscribir un círculo
de 10 metros de diámetro, garantizando así que la parcela cuenta con un espacio
adecuado para esta tipología edificatoria.
Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso
contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el plazo de dos meses a contar
desde el día siguiente a la presente publicación, de conformidad con los artículos 10 y 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Mohedas de Granadilla, 19 de octubre de 2020. El Alcalde, ISIDRO ARROJO BATUECAS.