Disposiciones Generales. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Contabilidad Pública. Ejercicio Económico.- (2020050182)
Orden de 6 de octubre de 2020 por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio económico de 2020 y apertura del ejercicio 2021.
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NÚMERO 196
Jueves, 8 de octubre de 2020

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19. Expedientes de ayudas que directamente garanticen el acceso de los extremeños a la Educación, que podrán admitirse hasta el 30 de noviembre.
20. Expedientes de gastos relacionados con la mujer, los mayores, los jóvenes, los
menores y las víctimas del terrorismo, cuya fecha límite es el 30 de noviembre.
21. Expedientes de gastos relativos al desarrollo y la acción exterior de la Junta de
Extremadura y comunidades extremeñas, que se admitirán hasta el 30 de
noviembre.
22. Expedientes de gastos derivados del apoyo a la Organizaciones Sindicales y
Empresariales, cuya fecha límite de entrada es el 30 de noviembre.
23. Expedientes de gastos relativos a sanidad vegetal y animal y prevención y
extinción de incendios, que podrán admitirse hasta el 30 de noviembre.
24. Los gastos de expedientes de contratación que se encuentren iniciados a la
entrada en vigor de esta orden, en los términos del apartado 1 de la disposición
transitoria primera de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del
Sector Público, que podrán admitirse hasta el 31 de octubre.
Los expedientes de prórrogas de todos los contratos y expedientes de contratos
derivados de los Acuerdos Marco tendrán como fecha límite de entrada el 31 de
diciembre.
Para los expedientes de gastos no comprendidos en los apartados anteriores la
fecha límite de entrada será el 15 de octubre.
Los expedientes contables asociados a cada fase de fiscalización previa deberán
enviarse a las Intervenciones para su contabilización en el plazo de los 7 días naturales siguientes a la fecha límite establecida en esta orden, y siempre con anterioridad al 31 de diciembre.
En todo caso, a partir de la entrada en vigor de esta orden no se tramitarán expedientes que incorporen los siguientes gastos:
— Certificaciones de obra que incluyan abonos a cuenta sobre su importe por las
operaciones preparatorias realizadas como instalaciones y acopio de materiales o
equipos de maquinaria pesada adscritos a la obra.
— Gastos en acopio de suministros.
3.2. Los expedientes de gasto que se tramiten por el procedimiento de tramitación
anticipada, salvo los que deban ser autorizados por Consejo de Gobierno, que se