Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2020061891)
Resolución de 4 de agosto de 2020, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la ampliación de una bodega de vinos, promovida por Cooperativa del Campo San Isidro, en el término municipal de Entrín Bajo.
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NÚMERO 195
Miércoles, 7 de octubre de 2020
34938
Extremadura. En concreto, en la categoría 3.2.b del anexo II, relativa a “Instalaciones para
tratamiento y transformación, diferente al mero envasado, de las siguientes materias primas,
tratadas o no previamente, destinadas a la fabricación de productos alimenticios o piensos a
partir de materia prima vegetal, sean fresca, congelada, conservada, precocinada, deshidratada o completamente elaborada, de una capacidad de producción de productos acabados
igual o inferior a 300 toneladas por día o 600 toneladas por día en caso de que la instalación
funcione durante un periodo no superior a 90 días consecutivos en un año cualquiera, y
superior a 20 toneladas por día”.
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, fundamentos de derecho y del informe
técnico, habiéndose dado debido cumplimiento a todos los trámites previstos legalmente, la
Dirección General de Sostenibilidad,
RESUELVE:
Otorgar autorización ambiental unificada, a favor de Cooperativa del Campo San Isidro, para
bodega de vinos, categoría 3.2.b del anexo II, relativa a “Instalaciones para tratamiento y
transformación, diferente al mero envasado, de las siguientes materias primas, tratadas o no
previamente, destinadas a la fabricación de productos alimenticios o piensos a partir de
materia prima vegetal, sean fresca, congelada, conservada, precocinada, deshidratada o
completamente elaborada, de una capacidad de producción de productos acabados igual o
inferior a 300 toneladas por día o 600 toneladas por día en caso de que la instalación funcione durante un periodo no superior a 90 días consecutivos en un año cualquiera, y superior a
20 toneladas por día”, ubicada en el término municipal de Entrín Bajo, a los efectos recogidos
en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, y en el Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento
de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
señalando que en el ejercicio de la actividad se deberá cumplir el condicionado fijado a continuación y el recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga a la presente autorización, sin perjuicio de las prescripciones de cuanta normativa sea
de aplicación a la actividad de referencia en cada momento. El n.º de expediente de la actividad proyectada es el AAU 19/077.
El funcionamiento de esta actividad atenderá al cumplimiento del condicionado fijado a continuación y el recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga al primero.
Miércoles, 7 de octubre de 2020
34938
Extremadura. En concreto, en la categoría 3.2.b del anexo II, relativa a “Instalaciones para
tratamiento y transformación, diferente al mero envasado, de las siguientes materias primas,
tratadas o no previamente, destinadas a la fabricación de productos alimenticios o piensos a
partir de materia prima vegetal, sean fresca, congelada, conservada, precocinada, deshidratada o completamente elaborada, de una capacidad de producción de productos acabados
igual o inferior a 300 toneladas por día o 600 toneladas por día en caso de que la instalación
funcione durante un periodo no superior a 90 días consecutivos en un año cualquiera, y
superior a 20 toneladas por día”.
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, fundamentos de derecho y del informe
técnico, habiéndose dado debido cumplimiento a todos los trámites previstos legalmente, la
Dirección General de Sostenibilidad,
RESUELVE:
Otorgar autorización ambiental unificada, a favor de Cooperativa del Campo San Isidro, para
bodega de vinos, categoría 3.2.b del anexo II, relativa a “Instalaciones para tratamiento y
transformación, diferente al mero envasado, de las siguientes materias primas, tratadas o no
previamente, destinadas a la fabricación de productos alimenticios o piensos a partir de
materia prima vegetal, sean fresca, congelada, conservada, precocinada, deshidratada o
completamente elaborada, de una capacidad de producción de productos acabados igual o
inferior a 300 toneladas por día o 600 toneladas por día en caso de que la instalación funcione durante un periodo no superior a 90 días consecutivos en un año cualquiera, y superior a
20 toneladas por día”, ubicada en el término municipal de Entrín Bajo, a los efectos recogidos
en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, y en el Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento
de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
señalando que en el ejercicio de la actividad se deberá cumplir el condicionado fijado a continuación y el recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga a la presente autorización, sin perjuicio de las prescripciones de cuanta normativa sea
de aplicación a la actividad de referencia en cada momento. El n.º de expediente de la actividad proyectada es el AAU 19/077.
El funcionamiento de esta actividad atenderá al cumplimiento del condicionado fijado a continuación y el recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga al primero.