Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Instalaciones Eléctricas.- (2020061903)
Resolución de 23 de septiembre de 2020, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera de Badajoz, por la que se declara, en concreto, de utilidad pública las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Línea aérea AT 45 kV DC para desdoblamiento de la L-3098-21 Valdetorres entre STR Valdetorres y apoyo n.º 1 proyectado". Término municipal: Valdetorres. Expte.: 06/AT-10177-17834.
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NÚMERO 195
Miércoles, 7 de octubre de 2020

34957

— Información a otras Administraciones Públicas y empresas de servicio público o de
interés general, al objeto de que en relación con bienes y derechos a su cargo afectados por el proyecto, emitieron informes sobre la solicitud de declaración de utilidad pública.
Tercero. Respecto a las actuaciones indicadas en el apartado anterior debe hacerse constar lo
siguiente:
— Durante el trámite de información pública no han sido presentadas alegaciones.
— La Empresa ha manifestado su aceptación de los condicionados recogidos en los pronunciamientos e informes emitidos por las Administraciones Públicas y empresas de servicio
público o de interés general.
Cuarto. Las instalaciones objeto de la presente resolución tienen otorgada autorización administrativa previa por la Dirección General de Industria, Energía y Minas mediante resolución
con esta misma fecha.
Quinto. Las instalaciones objeto de la presente resolución tienen otorgada autorización administrativa de construcción por la Dirección General de Industria, Energía y Minas mediante
resolución con esta misma fecha.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Conforme a lo dispuesto en el apartado 1.37 del artículo 9 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por la Ley Orgánica
1/2011, de 28 de enero, la misma posee la competencia exclusiva en materia de instalaciones de producción, almacenamiento, distribución y transporte de energías de cualquier
tipo en su territorio, correspondiéndole la función legislativa, la potestad reglamentaria y,
en ejercicio de la función ejecutiva, la adopción de cuantas medidas, decisiones y actos
procedan. Esta función ejecutiva es realizada por la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, según lo dispuesto en el Decreto del Presidente 16/2019 de 2 de
julio, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las
Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiendo el ejercicio de dichas atribuciones a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, con arreglo a las referencias competenciales y normativas recogidas
en el Decreto 87/2019 de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica
básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo competencia de este Servicio la resolución del procedimiento, conforme a lo dispuesto en el
artículo 6 del Decreto 221/2012, de 9 de noviembre.