Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2020061871)
Resolución de 4 de agosto de 2020, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada a la modificación sustancial de la planta de preparación de calcín de la que es titular BA Vidrio Distribución y Comercialización de Envases, SA, en el término municipal de Villafranca de los Barros.
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NÚMERO 193
Lunes, 5 de octubre de 2020

34228

Estos valores límites de emisión están referidos al caudal volumétrico de gases residuales
de 51.700 N m³/h. De forma que a efectos de evaluar el cumplimiento de los VLE, los
valores de emisión medidos (VEmed) se transformarán a valores de emisión referenciados
(VEref) al caudal de referencia indicado (Qvref) mediante la siguiente ecuación en la que se
tiene en cuenta el caudal volumétrico de gases residuales medido (Qvmed):

VEref=

VEmed * Qvmed
Qvref

Esta transformación sólo se realizará si Qvmed es mayor que el Qvref, en caso contrario, se
mantendrá el VEmed a efectos de evaluar el cumplimiento de los VLE.
Los valores límite de emisión serán valores medios, medidos siguiendo las prescripciones
establecidas en el apartado – h -. Además, están expresados en unidades de masa de
contaminante emitidas por unidad de volumen total de gas residual liberado expresado en
metros cúbicos medidos en condiciones normales de presión y temperatura (101,3 kPa y
273 K), previa corrección del contenido en vapor de agua y del efecto de dilución de
contaminantes antes citada.
4. El foco 3 se corresponde con las emisiones procedentes del sistema de aspiración de la
línea de limpieza en la que se separan los residuos ligeros mediante flujo de aire, al
inicio del proceso de tratamiento de la industria. Esta corriente de aire se dirige a un
ciclón, y a continuación a un filtro, para ser evacuada finalmente a la atmósfera a
través de chimenea.
Conforme al proyecto básico aportado y sus aclaraciones posteriores, el foco 3 contará
con una chimenea de altura mínima de 11 m; y los gases residuales deberán emitirse con
un caudal y temperatura mínimos de 37.624 m³/h y 25 .ºC, respectivamente.
Para este foco, en atención al proceso asociado, se establece valor límite de emisión (VLE)
para el siguiente contaminante al aire:

CONTAMINANTE

VLE

Caudal de referencia

Partículas totales

10 mg/N m³

37.624 N m³/h