Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2020061872)
Resolución de 4 de agosto de 2020, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la explotación porcina en régimen intensivo, promovida por Explotaciones Porcinas Manuel López, SL, en el término municipal de Esparragosa de la Serena.
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NÚMERO 193
Lunes, 5 de octubre de 2020

34248

RESOLUCIÓN de 4 de agosto de 2020, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la
explotación porcina en régimen intensivo, promovida por Explotaciones
Porcinas Manuel López, SL, en el término municipal de Esparragosa de la
Serena. (2020061872)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha 24 de julio de 2018 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU), cuyas tasas fueron
liquidadas con fecha 11 de septiembre de 2018, para la instalación de una explotación porcina en régimen intensivo ubicada en el término municipal Esparragosa de la Serena (Badajoz)
y promovida por Explotaciones Porcinas Manuel López, SL con CIF B-XX.XXX.821.
Segundo. El proyecto consiste en la instalación de una explotación porcina de cría y cebo en
régimen intensivo con capacidad para 200 reproductoras y 400 plazas de cebo. Esta actividad
está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 1.2 del anexo II.
La explotación porcina se ubicará en las parcelas 197 y 198 del polígono 2 del término municipal de Esparragosa de la Serena (Badajoz). La finca cuenta con una superficie total de
0,8423 hectáreas.
Tercero. La instalación cuenta con informe de impacto ambiental de fecha 27 de mayo de 2019
(Expte.: IA 18/1645). El cual se incluye íntegramente en el anexo II de la presente resolución.
Cuarto. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 16/2015 de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con fecha 12 de
noviembre de 2018, se remite copia del expediente al Ayuntamiento de Esparragosa de la
Serena, a fin de que por parte de éste se promoviese la participación real y efectiva de las
personas interesadas, en todo caso, de los vecinos inmediatos, en el procedimiento de otorgamiento de la autorización ambiental unificada. Del mismo modo, se le indicaba que disponía de
un plazo de 20 días desde la recepción del expediente, para remitir un Informe Técnico que se
pronuncie sobre la adecuación de la instalación a todas aquellas materias de competencia
municipal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local. El Ayuntamiento contesta mediante informe de
fecha de registro de 14 de septiembre de 2019 emitido por el Arquitecto Técnico municipal del
Ayuntamiento de Esparragosa de la Serena, así como certificado de la exposición pública realizada recibida con fecha de registro de 3 de marzo de 2020.
Quinto. Para dar cumplimiento al apartado 8 del artículo 16, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General de Sostenibilidad se dirigió mediante escritos de fecha 4 de mayo de 2020 a Explotaciones Porcinas