Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2020061870)
Resolución de 4 de agosto de 2020, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el cebadero de terneros en régimen intensivo, promovida por D. José Guijarro Macías, en el término municipal de Barcarrota.
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NÚMERO 193
Lunes, 5 de octubre de 2020

34191

RESOLUCIÓN de 4 de agosto de 2020, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el
cebadero de terneros en régimen intensivo, promovida por D. José Guijarro
Macías, en el término municipal de Barcarrota. (2020061870)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha 10 de mayo de 2018 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU) para la instalación de un
cebadero de terneros régimen intensivo ubicada en el término municipal Barcarrota (Badajoz) y promovida por José Guijarro Macías con NIF X.XXX.171-B.
Segundo. El proyecto consiste en la instalación de un cebadero de terneros en régimen
intensivo con capacidad para 200 plazas. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma
de Extremadura. En particular en la categoría 1.3.b. del anexo II.
La instalación se ubicará en la parcela 82 del polígono 5 del término municipal de Barcarrota
(Badajoz), con una superficie de 45,0533 hectáreas.
Tercero. La instalación cuenta con informe de impacto ambiental de fecha 28 de noviembre
de 2018 (Expte.: IA 18/0879). El cual se incluye íntegramente en el anexo II de la presente
resolución.
Cuarto. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con fecha 18 de
junio de 2018, se remite copia del expediente al Ayuntamiento de Barcarrota, a fin de que
por parte de éste se promoviese la participación real y efectiva de las personas interesadas,
en todo caso, de los vecinos inmediatos, en el procedimiento de otorgamiento de la autorización ambiental unificada. Del mismo modo, se le indicaba que disponía de un plazo de 20
días desde la recepción del expediente, para remitir un informe técnico que se pronuncie
sobre la adecuación de la instalación a todas aquellas materias de competencia municipal, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora
de las Bases de Régimen Local. El Ayuntamiento contesta mediante informe de fecha de
registro de 20 de febrero de 2020 emitido por el arquitecto técnico municipal del Ayuntamiento de Barcarrota, así como certificado de la exposición pública realizada recibida con
igual fecha.
Quinto. El Órgano Ambiental publica Anuncio de fecha 18 de junio de 2018 en su sede electrónica, poniendo a disposición del público, durante un plazo de 10 días, la información