Autoridades Y Personal. Oposiciones Y Concursos. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Lista De Espera.- (2020061945)
Resolución de 29 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Función Pública, por la que se acuerda de nuevo fijar el lugar, fecha y hora de la celebración del ejercicio para la constitución de lista de espera en el Grupo IV, Categoría Bombero/a Forestal Conductor de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura convocada por Orden de 2 de diciembre de 2019, y que fue suspendido por Resolución de 13 de marzo de 2020 como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
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NÚMERO 193
Lunes, 5 de octubre de 2020
34070
No obstante en ambas resoluciones se establecía que el órgano convocante de cada proceso
selectivo en curso debía posponer, por el tiempo imprescindible, la celebración de pruebas
selectivas de concurrencia masiva, garantizando, en todo caso, la continuidad de los procesos, así como que para el resto de pruebas selectivas de concurrencia más limitada, sería el
órgano convocante el que tomaría la decisión que correspondiera en cada caso concreto
atendiendo a la situación existente y a las circunstancias objetivas.
De conformidad con lo anterior, una vez analizadas las circunstancias objetivas concurrentes
y en cumplimiento de la legislación referida, esta Dirección General de Función Púbica, en
uso de las atribuciones que tiene conferidas,
RESUELVE:
Primero. Fijar en el anexo I de esta resolución, el lugar, fecha y hora de celebración del
ejercicio para la constitución de lista de espera en el Grupo IV, Categoría Bombero/a
Forestal Conductor de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
Segundo. Los/as aspirantes admitidos/as para la realización del ejercicio deberán ir provistos/as de bolígrafo azul o negro, así como del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o
permiso de conducción.
Tercero. Para garantizar la realización de la prueba selectiva con las adecuadas medidas de
seguridad y prevención como consecuencia del COVID-19 serán de aplicación las Instrucciones que se contienen en el anexo II de la presente resolución.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, los/as interesados/as
podrán interponer recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano, en el plazo
de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura. Asimismo, podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente de conformidad con lo establecido en la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el
plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario
Oficial de Extremadura. Todo ello, sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otro
recurso que estimen procedente.
Mérida, 29 de septiembre de 2020.
La Directora General de Función Pública,
PD, de la Vicepresidenta Primera y Consejera,
Resolución de 16 de diciembre de 2019
(DOE n.º 243, de 19/12/19),
M.ª DEL CARMEN VICENTE RIVERO
Lunes, 5 de octubre de 2020
34070
No obstante en ambas resoluciones se establecía que el órgano convocante de cada proceso
selectivo en curso debía posponer, por el tiempo imprescindible, la celebración de pruebas
selectivas de concurrencia masiva, garantizando, en todo caso, la continuidad de los procesos, así como que para el resto de pruebas selectivas de concurrencia más limitada, sería el
órgano convocante el que tomaría la decisión que correspondiera en cada caso concreto
atendiendo a la situación existente y a las circunstancias objetivas.
De conformidad con lo anterior, una vez analizadas las circunstancias objetivas concurrentes
y en cumplimiento de la legislación referida, esta Dirección General de Función Púbica, en
uso de las atribuciones que tiene conferidas,
RESUELVE:
Primero. Fijar en el anexo I de esta resolución, el lugar, fecha y hora de celebración del
ejercicio para la constitución de lista de espera en el Grupo IV, Categoría Bombero/a
Forestal Conductor de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
Segundo. Los/as aspirantes admitidos/as para la realización del ejercicio deberán ir provistos/as de bolígrafo azul o negro, así como del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o
permiso de conducción.
Tercero. Para garantizar la realización de la prueba selectiva con las adecuadas medidas de
seguridad y prevención como consecuencia del COVID-19 serán de aplicación las Instrucciones que se contienen en el anexo II de la presente resolución.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, los/as interesados/as
podrán interponer recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano, en el plazo
de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura. Asimismo, podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente de conformidad con lo establecido en la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el
plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario
Oficial de Extremadura. Todo ello, sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otro
recurso que estimen procedente.
Mérida, 29 de septiembre de 2020.
La Directora General de Función Pública,
PD, de la Vicepresidenta Primera y Consejera,
Resolución de 16 de diciembre de 2019
(DOE n.º 243, de 19/12/19),
M.ª DEL CARMEN VICENTE RIVERO