Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2020061856)
Resolución de 24 de septiembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la tercera Adenda al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la puesta en marcha de Planes de Apoyo a la Exportación 2017-2020.
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NÚMERO 193
Lunes, 5 de octubre de 2020
34137
1.8 PUBLICIDAD:
En cumplimiento de los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad,
igualdad y no discriminación, se procederá a publicar en el Diario Oficial de Extremadura
tanto el extracto de esta convocatoria como la convocatoria en sí. La Base de Datos
Nacional de Subvenciones, dará traslado a dicho diario del extracto de la convocatoria para
su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones.
Extremadura Avante, SAP, publicará en el Diario Oficial de Extremadura y en la Base de
Datos Nacional de Subvenciones https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/es/index, las
subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, programa y crédito
presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida, finalidad o finalidades de
la subvención, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
No será necesaria la publicación en el Diario Oficial de Extremadura cuando los importes de
las subvenciones concedidas, individualmente consideradas, sean de cuantía inferior a
3.000 euros. En estos casos la concesión se hará pública mediante la exposición en el
tablón de anuncios que corresponda, independientemente de la notificación individual que
se realice a cada beneficiario.
Se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a través del Servicio que
corresponda, la información sobre las convocatorias y las resoluciones de concesión en los
términos previsto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Tanto el listado de empresas beneficiarias, como las subvenciones concedidas, serán
también publicados en la web www.extremaduraavante.es.
1.9. COMPROMISOS DE LA EMPRESA PARTICIPANTE:
Las empresas participantes deberán cumplir con los planes de trabajo, participando en las
actuaciones formativas grupales e individuales, elaborando los documentos técnicos y
llevando a cabo el resto de actuaciones previstas en la correspondiente convocatoria.
1.10. PRESUPUESTO ANUAL:
El presupuesto anual previsto para este programa se corresponde con la subvención
destinada a las empresas beneficiarias de este plan y que, anualmente, asciende a 90.000
euros.
Lunes, 5 de octubre de 2020
34137
1.8 PUBLICIDAD:
En cumplimiento de los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad,
igualdad y no discriminación, se procederá a publicar en el Diario Oficial de Extremadura
tanto el extracto de esta convocatoria como la convocatoria en sí. La Base de Datos
Nacional de Subvenciones, dará traslado a dicho diario del extracto de la convocatoria para
su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones.
Extremadura Avante, SAP, publicará en el Diario Oficial de Extremadura y en la Base de
Datos Nacional de Subvenciones https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/es/index, las
subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, programa y crédito
presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida, finalidad o finalidades de
la subvención, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
No será necesaria la publicación en el Diario Oficial de Extremadura cuando los importes de
las subvenciones concedidas, individualmente consideradas, sean de cuantía inferior a
3.000 euros. En estos casos la concesión se hará pública mediante la exposición en el
tablón de anuncios que corresponda, independientemente de la notificación individual que
se realice a cada beneficiario.
Se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a través del Servicio que
corresponda, la información sobre las convocatorias y las resoluciones de concesión en los
términos previsto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Tanto el listado de empresas beneficiarias, como las subvenciones concedidas, serán
también publicados en la web www.extremaduraavante.es.
1.9. COMPROMISOS DE LA EMPRESA PARTICIPANTE:
Las empresas participantes deberán cumplir con los planes de trabajo, participando en las
actuaciones formativas grupales e individuales, elaborando los documentos técnicos y
llevando a cabo el resto de actuaciones previstas en la correspondiente convocatoria.
1.10. PRESUPUESTO ANUAL:
El presupuesto anual previsto para este programa se corresponde con la subvención
destinada a las empresas beneficiarias de este plan y que, anualmente, asciende a 90.000
euros.