Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2020061853)
Resolución de 24 de septiembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter anual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la ejecución del Programa de Acompañamiento de las Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas.
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NÚMERO 193
Lunes, 5 de octubre de 2020

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zación a nivel del consumidor. Por otra parte, las nuevas conductas de comportamiento surgidas de las medidas de confinamiento hacen todavía más necesario profundizar en el canal
digital. Se trata de una tendencia de cambio en los hábitos de consumo a la que las pequeñas y medianas empresas alimentarias no pueden sustraerse.
Sexto. La difusión de las Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas de
Extremadura y la promoción del consumo de los productos amparados es una iniciativa que
la Secretaría General de Economía y Comercio observa como necesaria para recordar los
beneficios que este singular ecosistema productivo proyecta sobre las economías locales y
regional, así como para ampliar y reforzar el conocimiento que los consumidores tienen de
ellas y generar interés en mercados más alejados.
Séptimo. De conformidad con lo previsto en el artículo 5 de la Ley 20/2010, de 28 de
diciembre, de concentración empresarial pública en la Comunidad Autónoma de Extremadura, los recursos de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, provendrán, de entre otras fuentes de financiación, de las transferencias de cualesquiera Administraciones Públicas e Instituciones, encontrándose, este supuesto, fuera del ámbito de
aplicación de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tal y como se prevé en su artículo 3. En virtud de lo anterior, la
financiación de las actuaciones a llevar a cabo derivadas de la ejecución del programa de
acompañamiento de las denominaciones de origen protegidas e indicación geográfica
protegida, se llevará a cabo través de la figura de las transferencias específicas recogidas
en la Ley 1/2020, de 31 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
de Extremadura para el año 2020 (DOE n.º 22, de 3 de febrero), concretamente dispone
el artículo 45.2: “Se consideran transferencias específicas a los efectos de lo previsto en
esta Ley, las aportaciones dinerarias recogidas nominativamente en el anexo del Proyecto
de Gastos con cargo a los capítulos de gasto IV o VII, destinadas a financiar la realización
de actuaciones concretas, por las entidades del sector público autonómico cuyo presupuesto se integre en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco de las funciones que tengan atribuidas, siempre que no resulten de una
convocatoria pública”. El artículo 45.3 recoge que “Las transferencias específicas, que
podrán tener carácter plurianual siempre que resulte necesario en virtud de la naturaleza
del proyecto a realizar, deberán formalizarse mediante convenio suscrito por el titular de
la sección presupuestaria a la que se encuentren adscritos los créditos, con indicación del
objeto de las actuaciones concretas a desarrollar; la forma de pago que respetará lo indicado en el párrafo anterior; el plazo; la forma de justificación, que deberá comprender la
acreditación del coste del proyecto, del cumplimiento de su finalidad y las medidas que
garanticen su trazabilidad; las acciones de seguimiento y control de las actuaciones; y las
consecuencias de su incumplimiento, entre las que se incluirá, en todo caso, la devolución
o compensación de las cantidades no justificadas”.