Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2020061853)
Resolución de 24 de septiembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter anual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la ejecución del Programa de Acompañamiento de las Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas.
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NÚMERO 193
Lunes, 5 de octubre de 2020
34105
Octava. Comisión de Seguimiento.
1. La Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital realizará las funciones de coordinación y supervisión de las actividades que, en el ámbito del presente convenio, sean desarrolladas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU
Con el fin de facilitar el ejercicio de tales funciones, se constituirá una Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de Economía, Ciencia
y Agenda Digital, y dos representantes de Extremadura Avante Servicios Avanzados a
Pymes SLU, designados por quienes suscriben el presente convenio.
El régimen jurídico de esta Comisión de Seguimiento será el establecido en la Sección 3.ª,
Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
La Presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a la Consejería de Economía,
Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en caso
de empate. El ejercicio de las funciones de Secretario de la Comisión de Seguimiento
corresponderá a uno de los representantes de Extremadura Avante Servicios Avanzados a
Pymes, SLU.
La Comisión de Seguimiento establecerá las directrices básicas de organización y funcionamiento del presente convenio.
2. La Comisión de Seguimiento tendrá entre otras las siguientes funciones:
a) Realizar el seguimiento de las actividades y tareas ejecutadas en virtud de la presente
transferencia, en particular la validación de las propuestas, verificando su adecuada
progresión y el alcance de los objetivos del proyecto a desarrollar anualmente.
b) Aclarar y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y
ejecución del presente convenio.
c) Aprobar, cuando no sean objeto de adenda, las modificaciones previstas en la cláusula
quinta del presente convenio.
d) Informar sobre la posibilidad de renunciar, prevista en la cláusula sexta del presente
convenio.
e) Recabar la información que sea razonable para el seguimiento de las actividades, tanto
en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo
garantizar Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes SLU la disponibilidad de la
información.
Lunes, 5 de octubre de 2020
34105
Octava. Comisión de Seguimiento.
1. La Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital realizará las funciones de coordinación y supervisión de las actividades que, en el ámbito del presente convenio, sean desarrolladas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU
Con el fin de facilitar el ejercicio de tales funciones, se constituirá una Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de Economía, Ciencia
y Agenda Digital, y dos representantes de Extremadura Avante Servicios Avanzados a
Pymes SLU, designados por quienes suscriben el presente convenio.
El régimen jurídico de esta Comisión de Seguimiento será el establecido en la Sección 3.ª,
Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
La Presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a la Consejería de Economía,
Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en caso
de empate. El ejercicio de las funciones de Secretario de la Comisión de Seguimiento
corresponderá a uno de los representantes de Extremadura Avante Servicios Avanzados a
Pymes, SLU.
La Comisión de Seguimiento establecerá las directrices básicas de organización y funcionamiento del presente convenio.
2. La Comisión de Seguimiento tendrá entre otras las siguientes funciones:
a) Realizar el seguimiento de las actividades y tareas ejecutadas en virtud de la presente
transferencia, en particular la validación de las propuestas, verificando su adecuada
progresión y el alcance de los objetivos del proyecto a desarrollar anualmente.
b) Aclarar y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y
ejecución del presente convenio.
c) Aprobar, cuando no sean objeto de adenda, las modificaciones previstas en la cláusula
quinta del presente convenio.
d) Informar sobre la posibilidad de renunciar, prevista en la cláusula sexta del presente
convenio.
e) Recabar la información que sea razonable para el seguimiento de las actividades, tanto
en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo
garantizar Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes SLU la disponibilidad de la
información.