Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2020061855)
Resolución de 22 de septiembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes y Caja Rural de Extremadura, SCCL, para la gestión de ayudas para la financiación de préstamos a empresas turísticas para paliar los efectos que está provocando la pandemia del COVID-19.
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NÚMERO 193
Lunes, 5 de octubre de 2020

34089

En virtud de lo anteriormente expuesto, las partes de común acuerdo convienen las
siguientes:

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.
El presente convenio se formaliza para instrumentar la colaboración de la entidad financiera
Caja Rural de Extremadura con la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de
Extremadura en la gestión de las ayudas reguladas en la Orden de 26 de junio de 2020, por
el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la financiación de préstamos a
empresas turísticas para paliar los efectos que está provocando la pandemia del COVID-19 y
la convocatoria para la selección de entidades colaboradoras, cuyo objeto es dotar de liquidez
a las empresas turísticas, inscritas en el Registro General de Empresas y Actividades Turísticas de Extremadura con más de cinco años de actividad, facilitando el acceso a la financiación bancaria de los autónomos y pymes de empresas turísticas, que sirva para mantener y
asegurar el empleo y reducir los efectos negativos del COVID-19, mediante la subsidiación
total de los intereses generados por préstamos formalizados por las citadas empresas.

Segunda. Régimen de las Ayudas.
Para que los préstamos puedan resultar subvencionables al amparo de la Orden de 26 de
junio de 2020 que los regula, deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Formalizarse en pólizas en las que figure expresamente la finalidad de cubrir la necesidad
de circulante generada por el COVID-19, consistente en mantener y asegurar el empleo,
así como reducir los efectos negativos del COVID-19.
b) El importe máximo del préstamo podrá ser de hasta 20.000 euros por solicitud y destinatario, y el mínimo será de 3.000 euros.
c) El tipo de interés del préstamo será fijo y como máximo el 2 %.
d) Duración máxima de la operación será de 36 meses, pudiendo incluir un periodo de carencia, que será como máximo de 12 meses.

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