Autoridades Y Personal. Oposiciones Y Concursos. Universidad De Extremadura. Concurso De Méritos.- (2020061243)
Resolución de 1 de julio de 2020, de la Gerencia, por la que se convoca concurso específico de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes de personal funcionario de Administración y Servicios (Administradores/as de Centro, Jefaturas de Sección y Jefatura de Unidad Técnica).
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NÚMERO 131
Miércoles, 8 de julio de 2020
23619
Doña Rosa María Villalobos Murillo, funcionaria de la Escala de Gestión de Servicios, Especialidad de Estadística de la Universidad de Extremadura.
Don Mario Javier Santillana Barragán, funcionario de la Escala de Gestión de la Universidad de Extremadura.
Don Cayetano Gil Benedito, funcionario de la Escala de Gestión de la Universidad de
Extremadura.
La Comisión de Valoración designará, entre sus miembros, un Secretario. Dentro de los
siete días hábiles siguientes a la terminación del concurso hará entrega del expediente
administrativo generado en el procedimiento, en el Área de Recursos Humanos de la
Universidad de Extremadura.
2. La Comisión de Valoración podrá, en cualquier momento, recabar de los aspirantes las
aclaraciones, o en su caso, la documentación adicional que estime necesaria para la
comprobación de los méritos alegados.
3. Los actos derivados de la actuación de la Comisión de Valoración podrán ser impugnados
en los casos y en la forma establecida por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas.
4. A efectos de asistencias por participación en el proceso selectivo, la Comisión de Valoración queda encuadrada en la categoría primera de las previstas reglamentariamente.
RESOLUCIÓN
Novena.
1. El concurso se resolverá por resolución del Rectorado de la Universidad de Extremadura,
en el plazo no superior a un mes, a contar desde el día siguiente al de la finalización de
presentación de solicitudes, y su resultado se publicará en el Diario Oficial de Extremadura. En la resolución se expresará el puesto de origen del interesado al que se le adjudique
destino, con indicación de la Administración Pública de procedencia, localidad, grupo, nivel
y grado, así como su situación administrativa cuando sea distinta de la de servicio activo.
2. La resolución del concurso se motivará con referencia al cumplimiento de las normas
reglamentarias y de las bases de la convocatoria, que vinculan por igual a la Administración y a los participantes. En todo caso, deberán quedar acreditadas en el procedimiento,
como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido y la
valoración final de los méritos de los candidatos.
3. La resolución se hará pública en el Diario Oficial de Extremadura.
Miércoles, 8 de julio de 2020
23619
Doña Rosa María Villalobos Murillo, funcionaria de la Escala de Gestión de Servicios, Especialidad de Estadística de la Universidad de Extremadura.
Don Mario Javier Santillana Barragán, funcionario de la Escala de Gestión de la Universidad de Extremadura.
Don Cayetano Gil Benedito, funcionario de la Escala de Gestión de la Universidad de
Extremadura.
La Comisión de Valoración designará, entre sus miembros, un Secretario. Dentro de los
siete días hábiles siguientes a la terminación del concurso hará entrega del expediente
administrativo generado en el procedimiento, en el Área de Recursos Humanos de la
Universidad de Extremadura.
2. La Comisión de Valoración podrá, en cualquier momento, recabar de los aspirantes las
aclaraciones, o en su caso, la documentación adicional que estime necesaria para la
comprobación de los méritos alegados.
3. Los actos derivados de la actuación de la Comisión de Valoración podrán ser impugnados
en los casos y en la forma establecida por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas.
4. A efectos de asistencias por participación en el proceso selectivo, la Comisión de Valoración queda encuadrada en la categoría primera de las previstas reglamentariamente.
RESOLUCIÓN
Novena.
1. El concurso se resolverá por resolución del Rectorado de la Universidad de Extremadura,
en el plazo no superior a un mes, a contar desde el día siguiente al de la finalización de
presentación de solicitudes, y su resultado se publicará en el Diario Oficial de Extremadura. En la resolución se expresará el puesto de origen del interesado al que se le adjudique
destino, con indicación de la Administración Pública de procedencia, localidad, grupo, nivel
y grado, así como su situación administrativa cuando sea distinta de la de servicio activo.
2. La resolución del concurso se motivará con referencia al cumplimiento de las normas
reglamentarias y de las bases de la convocatoria, que vinculan por igual a la Administración y a los participantes. En todo caso, deberán quedar acreditadas en el procedimiento,
como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido y la
valoración final de los méritos de los candidatos.
3. La resolución se hará pública en el Diario Oficial de Extremadura.