Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2020061105)
Resolución de 15 de junio de 2020, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental de una explotación porcina, cuyo promotor es D. Manuel García Trigo, en los términos municipales de Calzadilla de los Barros y Medina de la Torres. Expte.: IA19/0886.
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NÚMERO 130
Martes, 7 de julio de 2020
23479
Con fecha 14 de abril de 2020 la Dirección General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio
Cultural emite informe en el que comunica que, para la ubicación del proyecto, éste no
presenta incidencias sobre el patrimonio arqueológico conocido. No obstante, y de cara a
la protección del patrimonio arqueológico no detectado, establece una medida preventiva
que se ha sido incluida en este informe técnico.
Con fecha 29 de abril de 2020 la Confederación Hidrográfica del Guadiana emite informe
en el que comunica que El cauce arroyo tributario de la Rivera Atarja discurre a unos 120
metros al norte de la zona de actuación planteada, por lo que no se prevé afección física
alguna a cauces que constituyan el DPH del Estado, ni a las zonas de servidumbre y policía. En cuanto al consumo de agua, comunica que según los datos obrantes en este Organismo de cuenca, el promotor solicitó, con fecha 06/02/2019 una concesión de aguas
subterráneas, la cual se tramita con n.º de expediente 94/2019, para uso ganadero, a
partir de una captación ubicada en la parcela 38 del polígono 10, en el término municipal
de Medina de las Torres, con un volumen en tramitación de 6.125,2 m³/año y que en cualquier caso, se estaría a lo dispuesto en la correspondiente resolución sobre la tramitación
de la solicitud de cambio de características de la concesión de aguas subterráneas. Seguidamente, el informe hace referencia a los vertidos al dominio público hidráulico. Propone
una serie de medidas incluidas en el presente informe técnico.
Durante el procedimiento de evaluación también se solicitó y recibió informe del Agente
del Medio Natural.
3. Análisis según los criterios del anexo X de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Vista la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas
a las consultas realizadas, se procede a su análisis a los efectos de determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental
ordinaria previsto en la subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII, del título I, según
los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Características del proyecto.
La ejecución del proyecto conlleva la construcción de una nueva nave y del resto de
instalaciones auxiliares (balsa de purines, estercolero, muelle de carga y descarga,
vado sanitario).
Los recursos naturales que se utilizarán durante la fase de funcionamiento se deberán a la
ocupación del suelo por parte de las instalaciones y el consumo de agua para bebida de
los animales, así como la utilizada en la limpieza de las instalaciones.
Martes, 7 de julio de 2020
23479
Con fecha 14 de abril de 2020 la Dirección General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio
Cultural emite informe en el que comunica que, para la ubicación del proyecto, éste no
presenta incidencias sobre el patrimonio arqueológico conocido. No obstante, y de cara a
la protección del patrimonio arqueológico no detectado, establece una medida preventiva
que se ha sido incluida en este informe técnico.
Con fecha 29 de abril de 2020 la Confederación Hidrográfica del Guadiana emite informe
en el que comunica que El cauce arroyo tributario de la Rivera Atarja discurre a unos 120
metros al norte de la zona de actuación planteada, por lo que no se prevé afección física
alguna a cauces que constituyan el DPH del Estado, ni a las zonas de servidumbre y policía. En cuanto al consumo de agua, comunica que según los datos obrantes en este Organismo de cuenca, el promotor solicitó, con fecha 06/02/2019 una concesión de aguas
subterráneas, la cual se tramita con n.º de expediente 94/2019, para uso ganadero, a
partir de una captación ubicada en la parcela 38 del polígono 10, en el término municipal
de Medina de las Torres, con un volumen en tramitación de 6.125,2 m³/año y que en cualquier caso, se estaría a lo dispuesto en la correspondiente resolución sobre la tramitación
de la solicitud de cambio de características de la concesión de aguas subterráneas. Seguidamente, el informe hace referencia a los vertidos al dominio público hidráulico. Propone
una serie de medidas incluidas en el presente informe técnico.
Durante el procedimiento de evaluación también se solicitó y recibió informe del Agente
del Medio Natural.
3. Análisis según los criterios del anexo X de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Vista la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas
a las consultas realizadas, se procede a su análisis a los efectos de determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental
ordinaria previsto en la subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII, del título I, según
los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Características del proyecto.
La ejecución del proyecto conlleva la construcción de una nueva nave y del resto de
instalaciones auxiliares (balsa de purines, estercolero, muelle de carga y descarga,
vado sanitario).
Los recursos naturales que se utilizarán durante la fase de funcionamiento se deberán a la
ocupación del suelo por parte de las instalaciones y el consumo de agua para bebida de
los animales, así como la utilizada en la limpieza de las instalaciones.