Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Desarrollo Rural. Ayudas.- (2020061205)
Extracto de las ayudas VIII convocatoria de ayudas de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo LEADER 2014-2020 de Campiña Sur para proyectos productivos en referencia a inversiones en la creación y desarrollo de empresas y actividades no agrícolas en zonas rurales.
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NÚMERO 130
Martes, 7 de julio de 2020
23383
otras entidades ya constituidas a las que para cada una de las actuaciones previstas en la
presente norma se les reconozca tal condición.
En el caso de empresas tan solo podrán recibir las subvenciones objeto de la presente
normativa reguladora, aquellas que cumplan los requisitos establecidos por la Comisión para
ser micro, pequeñas y medianas empresas conforme a la recomendación de la Comisión
2003/361/CE.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden de 16 de enero de 2020, por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo
rural 2014-2020, modificado por el Decreto-ley 8/2020, de 24 de abril, por el que se adoptan
medidas urgentes y extraordinarias para el mantenimiento y recuperación del empleo frente
a la crisis ocasionadas por el COVID-19.
Cuarto. Cuantía.
Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 80.000 euros que
se abonarán con cargo a la Aplicación Presupuestaria 12.03.314A.789, de acuerdo con las
disponibilidades de crédito consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad
Autónoma, en el Proyecto de Gasto 2016120030022.
Se podrá subvencionar hasta el 75 % de la inversión auxiliable y con el límite máximo de
7.500 euros por proyecto, teniendo la consideración de mínimis.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de ayudas será de 2 meses contados a partir del día
siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 25 de junio de 2020.
La Secretaria General,
MARÍA CURIEL MUÑOZ
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Martes, 7 de julio de 2020
23383
otras entidades ya constituidas a las que para cada una de las actuaciones previstas en la
presente norma se les reconozca tal condición.
En el caso de empresas tan solo podrán recibir las subvenciones objeto de la presente
normativa reguladora, aquellas que cumplan los requisitos establecidos por la Comisión para
ser micro, pequeñas y medianas empresas conforme a la recomendación de la Comisión
2003/361/CE.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden de 16 de enero de 2020, por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo
rural 2014-2020, modificado por el Decreto-ley 8/2020, de 24 de abril, por el que se adoptan
medidas urgentes y extraordinarias para el mantenimiento y recuperación del empleo frente
a la crisis ocasionadas por el COVID-19.
Cuarto. Cuantía.
Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 80.000 euros que
se abonarán con cargo a la Aplicación Presupuestaria 12.03.314A.789, de acuerdo con las
disponibilidades de crédito consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad
Autónoma, en el Proyecto de Gasto 2016120030022.
Se podrá subvencionar hasta el 75 % de la inversión auxiliable y con el límite máximo de
7.500 euros por proyecto, teniendo la consideración de mínimis.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de ayudas será de 2 meses contados a partir del día
siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 25 de junio de 2020.
La Secretaria General,
MARÍA CURIEL MUÑOZ
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