Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2020061073)
Resolución de 15 de junio de 2020, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan General Municipal de Atalaya. Expte.: IA16-1538.
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NÚMERO 128
Viernes, 3 de julio de 2020

22855

El resto de los indicadores aportados podrá proporcionar información adicional para llevar
a cabo el seguimiento de los efectos del plan sobre el medio ambiente.
Para garantizar el cumplimiento de las medidas correctoras incluidas en el estudio
ambiental estratégico, así como detectar impactos no contemplados en el mismo, el
promotor deberá remitir a esta Dirección General informes acerca del cumplimiento de las
medidas correctoras y de la evolución de los indicadores de seguimiento con una periodicidad al menos bianual, indicando el grado de cumplimiento de las medidas correctoras de
los impactos en las actuaciones derivadas del plan.
En el caso de que el plan sea sometido a modificaciones con posterioridad, deberá
evaluarse en base a la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Del mismo modo se actuará en el caso de planes
parciales de ordenación y de planes especiales de ordenación que no hayan sido objeto de
evaluación ambiental.

h) Directrices aplicables a la evaluación ambiental de los instrumentos de desarrollo
posteriores del Plan General Municipal de Atalaya, así como las directrices aplicables a
la evaluación de impacto ambiental de los proyectos específicos que desarrollen el plan
o programa.
Todos los proyectos y actuaciones que se desarrollen a través del Plan General Municipal
de Atalaya deberán someterse a los instrumentos de prevención ambiental establecidos en
la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección Ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Del mismo modo, los proyectos y actuaciones derivadas del Plan General deberán cumplir
con lo dispuesto en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la
Biodiversidad.
Cualquier actuación que se pretenda instalar o esté instalada deberá contar con las autorizaciones pertinentes, especialmente las de carácter ambiental, que permitan establecer
los sistemas de prevención de impactos por emisiones, inmisiones o vertidos de sustancias o mezclas potencialmente contaminantes.
Los proyectos que se desarrollen a través del Plan General Municipal de Atalaya deberán
cumplir con las siguientes directrices:
— En las zonas con presencia de vegetación autóctona y vegetación riparia principalmente
asociada a los cauces en su estado natural se perseguirá la conservación de la vegetación natural.