Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Instalaciones Eléctricas.- (2020061069)
Resolución de 3 de marzo de 2020, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera de Cáceres, por la que se otorga autorización administrativa previa a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Ampliación de una posición de línea 132 kV para conectar la nueva línea "Valdeobispo-parque fotovoltaico PFV Galisteo 132 kV". Subestación Transformadora Valdeobispo". Término municipal: Valdeobispo (Cáceres). Expte.: AT-1125-7.
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NÚMERO 127
Jueves, 2 de julio de 2020
22343
— Un transformador de tensión capacitivo para alimentar los diversos aparatos de medida y
protección de la nueva posición de línea de 132 kV (1).
— Tres pararrayos autoválvulas para proteger la instalación contra sobre tensiones de origen
atmosférico, o por otras causas (3).
— Dos aisladores soporte (2).
— Reubicación con sustitución de equipos de posición de medida de barras de Iberdrola
Generación.
— Tres transformadores de tensión inductivos (3).
— Esta última posición de medida de barras reubicada, dejará de contar con seccionador
tripolar de conexión a barras.
Termino afectado: Valdeobispo.
Provincia: Cáceres.
Esta autorización administrativa previa, se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en
la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de
desarrollo.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a
las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con sus instalaciones auxiliares y complementarias.
— La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente autorización, sin la cual no podrán ser ejecutadas.
— La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas,
organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
El incumplimiento de las condiciones recogidas en esta resolución, por la declaración inexacta
de los datos suministrados o por cualquier otra causa que desvirtúe el objeto de la misma,
podrá suponer su revocación, previa instrucción del correspondiente procedimiento.
Jueves, 2 de julio de 2020
22343
— Un transformador de tensión capacitivo para alimentar los diversos aparatos de medida y
protección de la nueva posición de línea de 132 kV (1).
— Tres pararrayos autoválvulas para proteger la instalación contra sobre tensiones de origen
atmosférico, o por otras causas (3).
— Dos aisladores soporte (2).
— Reubicación con sustitución de equipos de posición de medida de barras de Iberdrola
Generación.
— Tres transformadores de tensión inductivos (3).
— Esta última posición de medida de barras reubicada, dejará de contar con seccionador
tripolar de conexión a barras.
Termino afectado: Valdeobispo.
Provincia: Cáceres.
Esta autorización administrativa previa, se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en
la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de
desarrollo.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a
las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con sus instalaciones auxiliares y complementarias.
— La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente autorización, sin la cual no podrán ser ejecutadas.
— La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas,
organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
El incumplimiento de las condiciones recogidas en esta resolución, por la declaración inexacta
de los datos suministrados o por cualquier otra causa que desvirtúe el objeto de la misma,
podrá suponer su revocación, previa instrucción del correspondiente procedimiento.