Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2020061065)
Resolución de 1 de junio de 2020, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la instalación destinada a planta de valoración de residuos procedentes de la construcción y demolición promovida por Almacenes Rufer, SL, en el término municipal de Trujillo.
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NÚMERO 127
Jueves, 2 de julio de 2020

LER

(1)

RESIDUO

DESCRIPCIÓN

Residuos
mezclados de
construcción y
demolición
Residuos de
distintos de los
17 09 04
construcción
especificados
mezclados
en los códigos
17 09 01,
17 09 02 y
17 09 03

22353

ORIGEN

DESTINO

Residuos de
construcción Valorización
y demolición

Cantidad Operaciones
tratada
de
anual (t) valorización

R12, R13

LER: Lista Europea de Residuos publicada por la decisión de la Comisión 2014/955/UE.
Los residuos cuyos códigos LER aparecen marcados con un asterisco están considerados
como residuos peligrosos.
(1)

2. El tratamiento de los residuos indicados en el punto anterior deberá realizarse mediante la
operación de valorización R12, relativa a, “intercambio de residuos para someterlos a
cualquiera de las operaciones enumeradas entre R1 y R11; quedan aquí incluidas operaciones tales como el desmontaje, la clasificación, la trituración, la compactación, la paletización, el secado, la fragmentación, el acondicionamiento, el reenvasado, la separación, la
combinación o la mezcla, previas a cualquiera de las operaciones enumeradas de R1 a
R11” y R13 relativa a “almacenamiento de residuos en espera de cualquiera de las operaciones numeradas de R1 a R12 (excluido el almacenamiento temporal, en espera de recogida, en el lugar donde se produjo el residuo), del anexo II de la Ley 22/2011, de 28 de
julio, de residuos y suelos contaminados. En concreto el tratamiento que se realiza en
esta planta consiste en una separación y clasificación de los residuos mezclados de construcción y demolición según naturaleza de los mismos, almacenándolos para su posterior
tratamiento y valorización. También se recuperaran metales y otros residuos no peligrosos
como maderas, plásticos y vidrios que serán entregados a gestores autorizados.
3. No se autorizan operaciones de gestión de los residuos distintas a las indicadas en el apartado anterior. La instalación autorizada deberá contar con la maquinaria imprescindible
para la obtención de un árido reciclado con la calidad adecuada al destino pretendido.
4. La cantidad anual estimada de tratamiento será de 14.250 m³. Siendo la capacidad máxima de tratamiento del equipo de trituración 57 m³ por día.