Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2020061065)
Resolución de 1 de junio de 2020, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la instalación destinada a planta de valoración de residuos procedentes de la construcción y demolición promovida por Almacenes Rufer, SL, en el término municipal de Trujillo.
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NÚMERO 127
Jueves, 2 de julio de 2020

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La zona de descarga así como la zona de donde se instalará la maquinaria se ubicarán
sobre una zona hormigonada que contará perimetralmente con una cuneta para la
recogida de las aguas que pudieran entrar en contacto con estos residuos. Este agua
será conducida por un desarenador y una arqueta separadora de hidrocarburos de
forma previa a su vertido a un depósito estanco.
— Características del potencial impacto:
El impacto que puede considerarse más significativo en el proyecto es el de generación de emisiones de partículas a la atmósfera. Para evitar niveles de inmisión elevados se procederá a la adopción de medidas preventivas y correctoras como son: el
empleo de elementos de contención en los equipos, instalación de elementos cortavientos, el riego sistemático de las superficies y operaciones que puedan provocar
este tipo de contaminación mediante un sistema de riego en aquellas superficies
susceptibles de provocarlo.
La afección al suelo y a las aguas superficiales y subterráneas que podría estar ocasionada por la contaminación de estos elementos mediante filtración, se evitará mediante el hormigonado de todas las superficies que alberguen los residuos de forma previa
a su tratamiento.

IV. Resolución.
Se trata de una actividad que no afecta negativamente a valores de flora, fauna y paisaje
presentes en el entorno inmediato, ni en la superficie en la que se ubica el proyecto. No
incide de forma negativa sobre el patrimonio arqueológico conocido, recursos naturales,
hidrología superficial y subterránea. No son previsibles, por ello, efectos significativos
sobre el medio ambiente en los términos establecidos en el presente informe.
Se considera que la actividad no causará impactos ambientales críticos y los moderados
o severos podrán recuperarse siempre que se cumplan las siguientes medidas correctoras y protectoras:
1. Medidas específicas.
1.1. Se comunicará de forma previa la fecha de inicio de los trabajos con un plazo
máximo de un mes al Servicio de Protección Ambiental de la Dirección General
de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
1.2. Previo al inicio de las obras se procederá al replaneo y señalización de la zona de
actuación, así como de todos los elementos que configurarán la planta de tratamiento de residuos de construcción.