Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2020061066)
Resolución de 1 de junio de 2020, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la instalación destinada a la fabricación de mezclas bituminosas en caliente, promovida por Gosadex, SL, en el término municipal de Villanueva de la Serena (Badajoz).
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NÚMERO 127
Jueves, 2 de julio de 2020

22411

- g - Plan de ejecución
1. En el caso de que el proyecto, instalación o actividad no comenzara a ejecutarse o desarrollarse en el plazo de 5 años, a partir de la fecha de otorgamiento de la AAU, la DGS,
previa audiencia del titular, acordará la caducidad de la AAU, conforme a lo establecido en
el artículo 23 de la Ley 16/2015, de 23 de abril.
2. Dentro del plazo indicado en el apartado anterior, el titular de la instalación deberá
presentar ante la DGS comunicación de inicio de la actividad según lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, con la documentación citada en dicho artículo,
y en particular:
a) Certificado suscrito por técnico competente, según el tipo de actividad objeto de autorización, que acredite que las instalaciones se ajustan al proyecto aprobado y que se ha
cumplido el condicionado fijado en la autorización ambiental en la ejecución de las
obras e instalaciones.
b) Informes de medición de emisiones al medio ambiente o de calidad del medio ambiente potencialmente afectado u otros ensayos recogidos en la autorización ambiental.
Estos informes deberán ser realizados por organismos de control autorizados o por
técnico competente, para actuar, en ambos casos, en el ámbito de la calidad ambiental
que corresponda para cada caso.
c) Declaración donde manifieste su compromiso expreso de remitir al órgano ambiental,
una vez iniciada la actividad, la documentación que acredite una adecuada gestión de
los residuos generados por la misma.
d) Licencia urbanística de obra.
3. A fin de realizar las mediciones referidas en el punto anterior, que deberán ser representativas del funcionamiento de la instalación, el titular de la instalación industrial podrá iniciar
un periodo de pruebas antes del inicio de la actividad, que deberá ser comunicado a la
DGS conforme al artículo 19.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril.

- h - Condiciones generales
1. En general, se dispondrá de personal específicamente formado por puesto de trabajo o
funciones a desarrollar, así como en prevención de riesgos laborales, calidad y medio
ambiente.
2. Deberán establecer una clara delimitación física (cerramiento perimetral) entre la actividad que se autoriza mediante la presente resolución, y las actividades colindantes a la
misma.