Autoridades Y Personal. Oposiciones Y Concursos. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pruebas Selectivas. Relación De Aprobados.- (2020061180)
Resolución de 25 de junio de 2020, de la Dirección General de Función Pública, por la que se dispone la publicación de la relación definitiva de aprobados en las pruebas selectivas, convocadas por Orden de 27 de diciembre de 2017, para el acceso a puestos vacantes de personal funcionario en el Cuerpo de Titulados Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 126
Miércoles, 1 de julio de 2020

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5. Quienes tuvieran la condición de funcionario/a de carrera o de personal laboral fijo al
servicio de cualquier Administración Pública estarán exentos de aportar la documentación
a que se refieren las letras a), b), c) y d) del apartado 1 de la presente base, debiendo
presentar únicamente certificación del Organismo de la Administración Pública de la que
dependan, acreditando su condición, situación administrativa y demás circunstancias que
consten en su expediente personal. En todo caso, si en la certificación expedida no figura
la titulación académica requerida para participar en las pruebas por no constar en el expediente personal del funcionario o personal laboral, éste acreditará el cumplimiento de este
requisito conforme a lo dispuesto en el apartado 1.b).
Asimismo, los/as aspirantes que ya estén prestando servicios remunerados en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura como funcionarios de carrera, interinos, o como personal laboral, deberán formular opción respecto la remuneración que
deseen percibir durante su condición de funcionarios en prácticas, de conformidad con lo
dispuesto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, por el que se fijan las retribuciones de los funcionarios en prácticas.
6. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la
documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos señalados en la base segunda de la convocatoria, no podrán ser nombrados
funcionarios del Cuerpo de Titulados Superiores, quedando anuladas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación.
Tercero. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los/as interesados/as
podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la persona titular de
la Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, o bien, interponer
directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde
el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente resolución, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquel. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso
que estimen procedente.
Mérida, 25 de junio de 2020.
La Vicepresidenta Primera y Consejera
de Hacienda y Administración Pública,
PD, Resolución de 16 de diciembre de 2019
(DOE n.º 243, de 19/12/19),
La Directora General de Función Pública,
M.ª DEL CARMEN VICENTE RIVERO