Autoridades Y Personal. Oposiciones Y Concursos. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pruebas Selectivas. Relación De Aprobados.- (2020061179)
Resolución de 25 de junio de 2020, de la Dirección General de Función Pública, por la que se dispone la publicación de la relación definitiva de aprobados en las pruebas selectivas, convocadas por Orden de 27 de diciembre de 2017, para el acceso a puestos vacantes de personal funcionario en el Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura por promoción interna.
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NÚMERO 126
Miércoles, 1 de julio de 2020
21564
RESUELVE:
Primero. Hacer pública las relaciones definitivas de aspirantes que han aprobado las pruebas
selectivas, ordenadas según la puntuación total obtenida, y que figuran en el anexo de la
presente resolución, correspondientes a la Especialidad que a continuación se indica:
— Administración General.
Segundo.
1. En aplicación de lo previsto en la base novena de la convocatoria, en el plazo de 10 días
hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de la relación definitiva de aprobados/as en el Diario Oficial de Extremadura, por la Dirección General de Función Pública se
expedirá certificación acreditando su condición de funcionario/a, situación administrativa y
demás circunstancias que consten en su expediente personal.
No obstante, si la titulación académica requerida para participar en las pruebas no
constare en el expediente personal del funcionario/a, éste/a deberá aportar fotocopia
debidamente compulsada de la titulación académica requerida o resguardo acreditativo
de haber abonado los derechos para la expedición de dicho título, dentro del indicado
plazo.
2. Los/as aspirantes que hayan concurrido por el turno de discapacidad deberán presentar en
el indicado plazo, certificación de los órganos competentes que acredite tal condición y el
grado de discapacidad.
3. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados
anteriormente, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.
4. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la
documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos señalados en la base segunda de la convocatoria, no podrán ser nombrados
funcionarios del Cuerpo Auxiliar, quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de
la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud de
participación.
Tercero. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los/as interesados/as
podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la persona titular de
la Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, o bien, interponer
directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el
Miércoles, 1 de julio de 2020
21564
RESUELVE:
Primero. Hacer pública las relaciones definitivas de aspirantes que han aprobado las pruebas
selectivas, ordenadas según la puntuación total obtenida, y que figuran en el anexo de la
presente resolución, correspondientes a la Especialidad que a continuación se indica:
— Administración General.
Segundo.
1. En aplicación de lo previsto en la base novena de la convocatoria, en el plazo de 10 días
hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de la relación definitiva de aprobados/as en el Diario Oficial de Extremadura, por la Dirección General de Función Pública se
expedirá certificación acreditando su condición de funcionario/a, situación administrativa y
demás circunstancias que consten en su expediente personal.
No obstante, si la titulación académica requerida para participar en las pruebas no
constare en el expediente personal del funcionario/a, éste/a deberá aportar fotocopia
debidamente compulsada de la titulación académica requerida o resguardo acreditativo
de haber abonado los derechos para la expedición de dicho título, dentro del indicado
plazo.
2. Los/as aspirantes que hayan concurrido por el turno de discapacidad deberán presentar en
el indicado plazo, certificación de los órganos competentes que acredite tal condición y el
grado de discapacidad.
3. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados
anteriormente, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.
4. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la
documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos señalados en la base segunda de la convocatoria, no podrán ser nombrados
funcionarios del Cuerpo Auxiliar, quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de
la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud de
participación.
Tercero. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los/as interesados/as
podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la persona titular de
la Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, o bien, interponer
directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el