Otras Resoluciones. Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos.- (2020061158)
Resolución de 14 de junio de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación de la modificación de los artículos 46, 47 y 85 del II Convenio Colectivo de Personal Docente e Investigador laboral de la Universidad de Extremadura.
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NÚMERO 126
Miércoles, 1 de julio de 2020
22102
CAPÍTULO III
Medidas para el fomento de la formación
docente e investigadora
Artículo 48. Permisos y licencias.
1. El PDI laboral tendrá derecho a licencias de hasta un año para desarrollar aspectos docentes o de investigación en centros externos a la Universidad de Extremadura con el 100 %
de sus retribuciones, siempre que sus obligaciones durante el periodo de licencia queden
cubiertas y no supongan la necesidad de la contratación de nuevo personal.
2. Igualmente, se puede solicitar licencia por estudios de hasta un año de duración (o dos
semestres) y con el 100 % de sus retribuciones para el fomento de la investigación y la
colaboración interuniversitaria por los siguientes motivos:
a) Para el desarrollo de programas o actividades de investigación en entidades públicas o
privadas, creadas o participadas por la universidad o vinculadas a ésta, siempre que la
actividad científica o técnica esté en las líneas de investigación y desarrollo de la
universidad correspondiente.
b) Para el desarrollo de programas o actividades docentes o de investigación en otras
universidades, en entidades públicas o privadas creadas por las universidades o en las
cuales éstas tengan participación, en otras entidades públicas o privadas con las cuales
la UEx haya suscrito un convenio de colaboración, y en otras en que así lo acordaran
los órganos de gobierno de la UEx.
Los Ay podrán disfrutar de esta licencia durante un año o dos semestres a lo largo de
todo el periodo de su contrato en esta figura contractual.
Los PAD podrán disfrutar de esta licencia durante un año o dos semestres a lo largo de
todo el periodo de su contrato en esta figura contractual.
Los PCol y PCD podrán disfrutar de esta licencia durante un año o dos semestres cada
cinco años de contrato.
Anualmente habrá una convocatoria, en el mes de abril, para la solicitud de profesorado para sustituir al PDI con esta licencia, ligado a la disponibilidad presupuestaria. El
número de plazas de sustitución será revisable anualmente y acordado con la Comisión
Paritaria. Estas licencias serán programadas con el tiempo suficiente para permitir la
organización de la docencia de su departamento y la contratación de su sustitución.
3. Se podrán solicitar permisos por estudios o estancias breves de investigación por una
duración inferior a quince días naturales para la asistencia a congresos, reuniones científi-
Miércoles, 1 de julio de 2020
22102
CAPÍTULO III
Medidas para el fomento de la formación
docente e investigadora
Artículo 48. Permisos y licencias.
1. El PDI laboral tendrá derecho a licencias de hasta un año para desarrollar aspectos docentes o de investigación en centros externos a la Universidad de Extremadura con el 100 %
de sus retribuciones, siempre que sus obligaciones durante el periodo de licencia queden
cubiertas y no supongan la necesidad de la contratación de nuevo personal.
2. Igualmente, se puede solicitar licencia por estudios de hasta un año de duración (o dos
semestres) y con el 100 % de sus retribuciones para el fomento de la investigación y la
colaboración interuniversitaria por los siguientes motivos:
a) Para el desarrollo de programas o actividades de investigación en entidades públicas o
privadas, creadas o participadas por la universidad o vinculadas a ésta, siempre que la
actividad científica o técnica esté en las líneas de investigación y desarrollo de la
universidad correspondiente.
b) Para el desarrollo de programas o actividades docentes o de investigación en otras
universidades, en entidades públicas o privadas creadas por las universidades o en las
cuales éstas tengan participación, en otras entidades públicas o privadas con las cuales
la UEx haya suscrito un convenio de colaboración, y en otras en que así lo acordaran
los órganos de gobierno de la UEx.
Los Ay podrán disfrutar de esta licencia durante un año o dos semestres a lo largo de
todo el periodo de su contrato en esta figura contractual.
Los PAD podrán disfrutar de esta licencia durante un año o dos semestres a lo largo de
todo el periodo de su contrato en esta figura contractual.
Los PCol y PCD podrán disfrutar de esta licencia durante un año o dos semestres cada
cinco años de contrato.
Anualmente habrá una convocatoria, en el mes de abril, para la solicitud de profesorado para sustituir al PDI con esta licencia, ligado a la disponibilidad presupuestaria. El
número de plazas de sustitución será revisable anualmente y acordado con la Comisión
Paritaria. Estas licencias serán programadas con el tiempo suficiente para permitir la
organización de la docencia de su departamento y la contratación de su sustitución.
3. Se podrán solicitar permisos por estudios o estancias breves de investigación por una
duración inferior a quince días naturales para la asistencia a congresos, reuniones científi-