Otras Resoluciones. Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos.- (2020061158)
Resolución de 14 de junio de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación de la modificación de los artículos 46, 47 y 85 del II Convenio Colectivo de Personal Docente e Investigador laboral de la Universidad de Extremadura.
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NÚMERO 126
Miércoles, 1 de julio de 2020
22079
Artículo 26. Profesoras y Profesores Asociados (PAs).
1. Esta contratación se realizará entre especialistas de reconocida competencia que acrediten
ejercer su actividad profesional fuera del ámbito académico universitario. Quienes concurran deberán presentar el informe de vida laboral actualizado o, en su defecto, certificación expedida por la Tesorería de la Seguridad Social de no contar con la afiliación a ésta.
Independientemente de lo anterior, se deberá adjuntar copia del contrato de trabajo o
nombramiento para acreditar la actividad profesional; o la declaración censal de alta en el
impuesto de actividades económicas junto con las certificaciones de los colegios profesionales y/o de las empresas sobre los trabajos realizados.
2. La dedicación será a tiempo parcial en los términos que se fijen en la convocatoria en la
que se distinguirá el turno o turnos de trabajo, pudiendo distinguirse tres tipos de PAs:
a) Tipo 3+3: Este tipo sólo se reservará para el PAs en Ciencias de la Salud. Su participación en la docencia será de 90 horas anuales o tres horas por semana de docencia
presencial (dentro de su jornada laboral) y de tres horas por semana de asistencia al
estudiantado, estando el resto de su actividad asistencial sujeta a la atención de prácticas clínicas.
b) Tipo 4+3: Su participación en la docencia será de 120 horas anuales o cuatro horas
por semana de docencia presencial y de tres horas por semana de asistencia al
estudiantado.
c) Tipo 6+5: Su participación en la docencia será de 180 horas anuales o seis horas
por semana de docencia presencial y de cinco horas por semana de asistencia al
estudiantado.
3. La duración del contrato será de un año, prorrogable anualmente por aprobación del
Consejo de Gobierno de la Universidad de Extremadura, previa revisión de las necesidades
docentes del departamento e informe del consejo de departamento, que en caso de ser
desfavorable deberá basarse en criterios razonados. Este personal deberá acreditar el
ejercicio de su actividad profesional fuera del ámbito académico universitario. La prórroga
o no de los contratos iniciales será comunicada al Comité de Empresa.
Artículo 27. Profesoras y Profesores visitantes (PV).
1. Serán personas contratadas de entre profesorado o personal investigador de reconocido
prestigio procedentes de otras universidades y centros de investigación tanto españoles
como extranjeros.
2. La dedicación será a tiempo completo o a tiempo parcial.
Miércoles, 1 de julio de 2020
22079
Artículo 26. Profesoras y Profesores Asociados (PAs).
1. Esta contratación se realizará entre especialistas de reconocida competencia que acrediten
ejercer su actividad profesional fuera del ámbito académico universitario. Quienes concurran deberán presentar el informe de vida laboral actualizado o, en su defecto, certificación expedida por la Tesorería de la Seguridad Social de no contar con la afiliación a ésta.
Independientemente de lo anterior, se deberá adjuntar copia del contrato de trabajo o
nombramiento para acreditar la actividad profesional; o la declaración censal de alta en el
impuesto de actividades económicas junto con las certificaciones de los colegios profesionales y/o de las empresas sobre los trabajos realizados.
2. La dedicación será a tiempo parcial en los términos que se fijen en la convocatoria en la
que se distinguirá el turno o turnos de trabajo, pudiendo distinguirse tres tipos de PAs:
a) Tipo 3+3: Este tipo sólo se reservará para el PAs en Ciencias de la Salud. Su participación en la docencia será de 90 horas anuales o tres horas por semana de docencia
presencial (dentro de su jornada laboral) y de tres horas por semana de asistencia al
estudiantado, estando el resto de su actividad asistencial sujeta a la atención de prácticas clínicas.
b) Tipo 4+3: Su participación en la docencia será de 120 horas anuales o cuatro horas
por semana de docencia presencial y de tres horas por semana de asistencia al
estudiantado.
c) Tipo 6+5: Su participación en la docencia será de 180 horas anuales o seis horas
por semana de docencia presencial y de cinco horas por semana de asistencia al
estudiantado.
3. La duración del contrato será de un año, prorrogable anualmente por aprobación del
Consejo de Gobierno de la Universidad de Extremadura, previa revisión de las necesidades
docentes del departamento e informe del consejo de departamento, que en caso de ser
desfavorable deberá basarse en criterios razonados. Este personal deberá acreditar el
ejercicio de su actividad profesional fuera del ámbito académico universitario. La prórroga
o no de los contratos iniciales será comunicada al Comité de Empresa.
Artículo 27. Profesoras y Profesores visitantes (PV).
1. Serán personas contratadas de entre profesorado o personal investigador de reconocido
prestigio procedentes de otras universidades y centros de investigación tanto españoles
como extranjeros.
2. La dedicación será a tiempo completo o a tiempo parcial.