Otras Resoluciones. Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Investigación. Ayudas.- (2020061148)
Resolución de 18 de junio de 2020, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria extraordinaria de ayudas urgentes destinadas a financiar proyectos de investigación orientados a aportar conocimiento a la contención sanitaria de La COVID-19, desarrollados en el Instituto Universitario de Investigación Biosanitaria de Extremadura (INUBE), para la anualidad 2020.
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NÚMERO 124
Lunes, 29 de junio de 2020

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a la solicitud de la subvención. La elección entre las ofertas presentadas, se realizara conforme a criterios de calidad, eficiencia y economía, debiendo justificarse
expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta
económica más ventajosa.
3.3) Gastos correspondientes a viajes y dietas necesarios para el desarrollo del proyecto
imputados conforme al Decreto 287/2007, de 3 de agosto, indemnizaciones por
razón del servicio y sus posteriores modificaciones.
La asistencia a congresos y demás eventos científicos sólo podrá financiarse si
consiste en la transferencia de los nuevos conocimientos derivados de la ejecución
del proyecto. En todo caso, sólo serán subvencionables, los gastos de inscripción,
dietas y desplazamientos, de un miembro del equipo por cada trabajo científico que
se presente a dichos eventos.
3.4) Otros gastos complementarios, excluido el material inventariable, tales como los derivados de la utilización de grandes instalaciones o de servicios generales de apoyo a
la investigación, patentes, publicación de resultados en artículos científicos, etc.
3.5) Costes indirectos asociados a la actividad de investigación que en ningún caso podrán
superar el 25 % de los costes directos subvencionables de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 68.1 c) del Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013.
4. No serán gastos subvencionables:
Los gastos de adquisición de mobiliario o material de uso exclusivamente administrativo,
ni los gastos de mantenimiento, seguros, alquileres y reparación de equipos.
5. En todo caso respecto a los costes subvencionables deberá cumplirse con lo establecido en
la Orden HFP/1979/2016 de 29 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los
gastos subvencionables de los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo
Regional para el período 2014-2020), así como el Reglamento (UE) número 1303/2013,
del Parlamento y Consejo, de 17 de diciembre, así como la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico
español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE,
de 26 de febrero de 2014.

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Una manera de hacer Europa