Autoridades Y Personal. Oposiciones Y Concursos. Servicio Extremeño De Salud. Concurso De Traslados.- (2020061098)
Resolución de 15 de junio de 2020, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes en la categoría de Facultativo/a Especialista de Área en determinadas especialidades en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 124
Lunes, 29 de junio de 2020
21051
definitiva del concurso salvo en los casos de disfrute de permiso o licencia reglamentaria, en cuyo caso el cómputo del plazo para el cese se contará a la finalización de
dicho permiso o licencia.
9.2. El plazo para tomar posesión del nuevo destino será de tres días hábiles a partir del día
del cese, si las plazas son de la misma Área de Salud; diez días hábiles, si cambia de
Área de Salud, y de un mes si implica cambio en el Servicio de Salud de destino. A
estos efectos, se entenderá por plaza desempeñada la efectivamente ocupada, con
independencia de que sea en condición de destino definitivo, adscripción, destino provisional o comisión de servicio, si bien los plazos anteriormente citados no serán de aplicación en el caso de obtener plaza en la misma institución, centro o localidad donde se
presta servicios.
En el caso de que la adjudicación de plaza suponga reingreso al servicio activo, el plazo
de toma de posesión será de un mes a contar desde el día de la publicación de la resolución definitiva.
9.3. Excepto cuando la resolución del concurso implique el reingreso al servicio activo, el
plazo de toma de posesión tendrá la consideración de servicio activo, percibiéndose los
correspondientes haberes con cargo a la plaza de destino.
9.4. Se entenderá que solicita la excedencia voluntaria por interés particular, siendo declarado en dicha situación por el Servicio de Salud en que prestaba servicios, quien no se
incorpore al destino obtenido dentro de los plazos establecidos.
No obstante, si existen causas suficientemente justificadas así apreciadas por el Servicio
Extremeño de Salud, previa audiencia del interesado, podrá dejarse sin efecto dicha
situación. En tal caso, el interesado deberá incorporarse a su nuevo destino tan pronto
desaparezcan las causas que en su momento lo impidieron.
9.5. El Gerente de Área del Servicio Extremeño de Salud donde preste servicios el personal
estatutario que hubiera obtenido nueva plaza podrá, no obstante, diferir el cese por
necesidades del servicio hasta veinte días hábiles, debiendo comunicárselo a la Gerencia
de Área a que ha sido destinado y a la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales del Servicio Extremeño de Salud.
Excepcionalmente, a propuesta de la Gerencia de Área del Servicio Extremeño de Salud
donde venga prestando servicios el personal estatutario y siempre que sea por exigencias del normal funcionamiento de los servicios, apreciadas en cada caso por la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales del Servicio Extremeño de
Salud, podrá aplazarse la fecha de cese hasta un máximo de tres meses, computada la
prórroga a que se refiere el apartado anterior. En tal caso, y siempre que la retribución
de la plaza obtenida fuera superior a la de la plaza de origen, el personal estatutario
Lunes, 29 de junio de 2020
21051
definitiva del concurso salvo en los casos de disfrute de permiso o licencia reglamentaria, en cuyo caso el cómputo del plazo para el cese se contará a la finalización de
dicho permiso o licencia.
9.2. El plazo para tomar posesión del nuevo destino será de tres días hábiles a partir del día
del cese, si las plazas son de la misma Área de Salud; diez días hábiles, si cambia de
Área de Salud, y de un mes si implica cambio en el Servicio de Salud de destino. A
estos efectos, se entenderá por plaza desempeñada la efectivamente ocupada, con
independencia de que sea en condición de destino definitivo, adscripción, destino provisional o comisión de servicio, si bien los plazos anteriormente citados no serán de aplicación en el caso de obtener plaza en la misma institución, centro o localidad donde se
presta servicios.
En el caso de que la adjudicación de plaza suponga reingreso al servicio activo, el plazo
de toma de posesión será de un mes a contar desde el día de la publicación de la resolución definitiva.
9.3. Excepto cuando la resolución del concurso implique el reingreso al servicio activo, el
plazo de toma de posesión tendrá la consideración de servicio activo, percibiéndose los
correspondientes haberes con cargo a la plaza de destino.
9.4. Se entenderá que solicita la excedencia voluntaria por interés particular, siendo declarado en dicha situación por el Servicio de Salud en que prestaba servicios, quien no se
incorpore al destino obtenido dentro de los plazos establecidos.
No obstante, si existen causas suficientemente justificadas así apreciadas por el Servicio
Extremeño de Salud, previa audiencia del interesado, podrá dejarse sin efecto dicha
situación. En tal caso, el interesado deberá incorporarse a su nuevo destino tan pronto
desaparezcan las causas que en su momento lo impidieron.
9.5. El Gerente de Área del Servicio Extremeño de Salud donde preste servicios el personal
estatutario que hubiera obtenido nueva plaza podrá, no obstante, diferir el cese por
necesidades del servicio hasta veinte días hábiles, debiendo comunicárselo a la Gerencia
de Área a que ha sido destinado y a la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales del Servicio Extremeño de Salud.
Excepcionalmente, a propuesta de la Gerencia de Área del Servicio Extremeño de Salud
donde venga prestando servicios el personal estatutario y siempre que sea por exigencias del normal funcionamiento de los servicios, apreciadas en cada caso por la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales del Servicio Extremeño de
Salud, podrá aplazarse la fecha de cese hasta un máximo de tres meses, computada la
prórroga a que se refiere el apartado anterior. En tal caso, y siempre que la retribución
de la plaza obtenida fuera superior a la de la plaza de origen, el personal estatutario