Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2020061032)
Resolución de 1 de junio de 2020, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada, incluida su modificación sustancial, para la explotación porcina en régimen intensivo, promovida por D. Antonio Jiménez Mariano, en el término municipal de Campanario.
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NÚMERO 124
Lunes, 29 de junio de 2020

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de las aguas será responsabilidad del propietario, el cual deberá adoptar las medidas
correspondientes para la recuperación del medio.
4. Queda prohibido, con carácter general, el vertido directo o indirecto de aguas y
productos residuales susceptibles de contaminar las aguas continentales o cualquier
otro elemento del dominio público hidráulico, salvo que cuente con la previa autorización administrativa de la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
5. Medidas adicionales. Efectuar los procesos de limpieza, desinfección y desinsectación
de forma periódica, para mantener las instalaciones existentes en buenas condiciones higiénico-sanitarias. No obstante, al final de cada ciclo se realizarán vacíos sanitarios de las instalaciones que albergan los animales.
— Medidas para la protección del patrimonio arqueológico:
Si durante la ejecución de los trabajos de adaptación o durante el desarrollo de la
actividad propia de la explotación se hallasen restos u objetos con valor arqueológico, el promotor y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente
los trabajos, tomarán las medidas adecuadas para la protección de los restos y
comunicarán su descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Consejería
de Cultura, Turismo y Deportes.
— Medidas a acometer en el Plan de Reforestación:
1. Se creará una pantalla vegetal, implantando especies arbóreas y/o arbustivas autóctonas alrededor de las instalaciones, incluidos los corrales de manejo, a fin de minimizar el impacto paisajístico. Las plantaciones se realizarán mediante retamas,
exclusivamente de la especie Retama sphaerocarpa L..
2. Se asegurará el éxito de la reforestación, para lo cual se realizará un mantenimiento
adecuado, así como la reposición de las marras que fueran necesarias.
— Medidas correctoras una vez finalizada la actividad:
1. Al final de la actividad productiva, se procederá al derribo de las construcciones, al
desmantelamiento de las instalaciones y al relleno de las balsas y/o fosas. El objetivo de la restauración será que los terrenos recuperen su aptitud agrícola original,
demoliendo adecuadamente las instalaciones, y retirando los residuos a gestor autorizado.
2. Si una vez finalizada la actividad se pretendiera adaptar las instalaciones para otro
uso distinto, éstas deberán adecuarse al nuevo uso. Dicha modificación deberá
contar con todos los informes y autorizaciones exigibles en su caso.