Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2020061032)
Resolución de 1 de junio de 2020, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada, incluida su modificación sustancial, para la explotación porcina en régimen intensivo, promovida por D. Antonio Jiménez Mariano, en el término municipal de Campanario.
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NÚMERO 124
Lunes, 29 de junio de 2020

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de vaciado de la balsa será siempre antes de superar los 2/3 de su capacidad.
En el caso de detectarse productos químicos (desinfectantes), el vertido final
almacenado será entregado a un gestor de residuos autorizado por el organismo
competente, y para el caso que no haya presencia de dichos residuos, el vertido
final podrá ser empleado como fertilizante orgánico.
3. La explotación porcina dispone de un estercolero, que deberá contar con tratamiento
impermeabilizante que garantice su estanqueidad. La capacidad de almacenamiento
del estercolero será de, al menos, la producción de 15 días de estiércoles sólidos. El
estercolero se deberá vaciar antes de superar los 2/3 de su capacidad, momento en
el que se comprobará que se encuentra en condiciones óptimas, reparando cualquier
deficiencia. Contará con pendiente para que los lixiviados que se produzcan se dirijan a una fosa de purines. El estercolero se deberá cubrir mediante la construcción
de un cobertizo o una cubierta flexible (plástica), que impida el acceso de pluviales
al cubeto.
4. En el caso de instalar aseos, las aguas residuales generadas en ellos serán almacenadas en una fosa séptica estanca (diferente a la balsa de purines) y se gestionarán
por gestor autorizado.
5. Según la documentación aportada no existirá iluminación exterior.
6. Los residuos generados durante la fase de adaptación deberán ser gestionados
conforme a lo establecido en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que
se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, y por
el Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de
la producción, posesión y gestión de los residuos de construcción y demolición en la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
7. Al finalizar los trabajos de adaptación se llevará a cabo una limpieza general de
todos aquellos restos generados.
— Medidas en la fase de funcionamiento:
1. Tratamiento y gestión del estiércol. Para el control del programa de gestión de purines o estiércol, la explotación deberá disponer de un “Libro de Registro de Gestión
de Estiércoles” que recoja de forma detallada los volúmenes extraídos y el destino
de cada partida. En el caso de que se eliminen como abono orgánico se dispondrá,
además, de un “Plan de Aplicación Agrícola” de los estiércoles en el que conste, por
años, la producción de estiércoles o purines, su contenido en nitrógeno, así como las
parcelas donde se aplica, qué se cultiva y en qué momento se realizan las aplicaciones. La aplicación agrícola se realizará cumpliendo las siguientes condiciones:
• La aplicación total de nitrógeno / ha por año será inferior a 80 Kg en cultivos de
secano y 170 Kg en regadío. Para los cálculos se tendrán en cuenta todos los