Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2020061033)
Resolución de 1 de junio de 2020, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación porcina en régimen intensivo y fábrica de piensos, promovida por D. Antonio Escobar Pérez, en el término municipal de Santa Marta de los Barros.
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NÚMERO 124
Lunes, 29 de junio de 2020

21260

instalación a todas aquellas materias de competencia municipal, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
de Régimen Local. El Ayuntamiento contesta mediante informe de fecha de registro de 3
de abril de 2019 emitido por el arquitecto técnico municipal del Ayuntamiento de Santa
Marta de los Barros, así como certificado de la exposición pública realizada recibida con
igual fecha.
Quinto. El Órgano Ambiental publica Anuncio de fecha 18 de febrero de 2019 en su sede
electrónica, poniendo a disposición del público, durante un plazo de 10 días, la información
relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Sexto. Para dar cumplimiento al apartado 8 del artículo 16, de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección
General de Sostenibilidad se dirigió mediante escritos de fecha 14 de febrero de 2020 a
Antonio Escobar Pérez, al Ayuntamiento de Santa Marta de los Barros y a las organizaciones
no gubernamentales cuyo objeto sea la defensa de la naturaleza y el desarrollo sostenible
con objeto de proceder al trámite de audiencia a los interesados, sin que se hayan pronunciado al respecto.
Séptimo. A los anteriores antecedentes de hecho, le son de aplicación los siguientes,
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. Es órgano competente para la resolución del presente procedimiento la Dirección
General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en
virtud de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de conformidad con el artículo 31.3
del Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. En aplicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se
declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma, el plazo máximo para resolver este procedimiento, así como
los plazos concedidos a los interesados y los previstos para los distintos trámites administrativos que se hubieren iniciado con anterioridad a la declaración del estado de
alarma y que no hubieran finalizado en aquel momento han estado suspendidos desde
el 14 de marzo de 2020 hasta el 1 de junio de 2020, fecha en que se reanuda el
cómputo de dichos plazos.