Otras Resoluciones. Consejería De Fomento. Viviendas.- (2011061158)
Resolución de 23 de mayo de 2011, de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura, por la que se acuerda el inicio del procedimiento para la inscripción de demandantes y la adjudicación de las viviendas protegidas incluidas en la promoción de viviendas tramitadas bajo el expediente n.º 06-NC-0006/2011-1-E, en la localidad de Vivares.
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NÚMERO 115
Jueves, 16 de junio de 2011

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Segunda. Publicidad y notificaciones.
De conformidad con el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y al amparo del
mismo, las sucesivas publicaciones a efectos de notificación, se llevarán a cabo en la página web
de la Consejería de Fomento (http://fomento.juntaex.es/informacion-ciudadano/vivienda.html),
en el tablón de anuncios de sus Servicios Centrales (Avda. de las Comunidades, s/n., de
Mérida —Badajoz—), y en los tablones de anuncios de los Servicios Territoriales de dicha
Consejería en la ciudad de Badajoz (Avda. de Europa, n.º 10).
Tercera. Requisitos de admisión para la inscripción.
1. Son requisitos necesarios para acceder a la inscripción de los demandantes de viviendas
de la promoción de referencia, el cumplimiento de las condiciones generales de los
demandantes de vivienda y financiación establecidos por el artículo 3 del Real Decreto
2066/2008 y las específicas relativas a la modalidad de vivienda protegida a la que
pretendan acceder en propiedad.
2. Los requisitos exigidos para la inscripción deberán cumplirse a la fecha de presentación de
la solicitud de inscripción y mantenerse a la fecha de solicitud del visado del contrato de
compraventa en el supuesto de resultar adjudicatarios de una vivienda protegida.
Cuarta. Solicitud de inscripción.
1. La solicitud de inscripción en el Registro se presentará en el modelo oficial, y se acompañará de fotocopia del DNI o documento oficial similar de los miembros de la unidad de convivencia mayores de edad. La solicitud incorporará las siguientes declaraciones responsables
del solicitante: a) declaración responsable de composición de la unidad familiar y, en su
caso, identificación de la condición de demandante con movilidad reducida de alguno de los
miembros de la unidad de convivencia; b) declaración responsable de ingresos familiares
de la unidad de convivencia correspondientes al periodo impositivo inmediatamente anterior con plazo de presentación vencido a la fecha de la solicitud de inscripción; c) declaración responsable de que todos los miembros de la unidad de convivencia cumplen los requisitos señalados en el artículo 3 del Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que
se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012.
2. En todas las solicitudes se presumirá como representante de la unidad de convivencia a la
persona que figure como solicitante o primer solicitante.
Quinta. Lugar y plazo de presentación.
Las solicitudes se presentarán en el Ayuntamiento donde se ubique la promoción durante el
plazo de un mes desde el día señalado para la exposición de la presente resolución en el correspondiente tablón de anuncios. La misma también será publicada en el DOE y en el portal web de
la Consejería de Fomento (http://fomento.juntaex.es/informacion-ciudadano/vivienda.html).
Sexta. Subsanación de solicitudes.
Finalizado el citado plazo el Ayuntamiento respectivo dará traslado de la relación de demandantes que hayan presentado solicitud de inscripción en el mismo. La Dirección General
competente en materia de vivienda una vez recibida la citada relación y la documentación de