Otras Resoluciones. Servicio Extremeño De Salud. Subvenciones.- (2011061127)
Resolución de 28 de abril de 2011, de la Dirección Gerencia, por la que se da publicidad a proyectos financiados por el Servicio Extremeño de Salud de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
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NÚMERO 111
Viernes, 10 de junio de 2011

15196

SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD
RESOLUCIÓN de 28 de abril de 2011, de la Dirección Gerencia, por la que
se da publicidad a proyectos financiados por el Servicio Extremeño de Salud
de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones. (2011061127)
El Decreto 77/1990, de 16 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones, publicado en el Diario Oficial de Extremadura número 85, de 25 de
octubre de 1990, establece el procedimiento general al que ha de someterse toda concesión de subvenciones sin perjuicio de las especialidades propias de cada caso, dispone la
necesaria definición del concepto de subvención y consagra los indispensables mecanismos
de justificación.
De acuerdo con lo anterior, el decreto mencionado previene en su artículo 7 que cuando, por
razón de la especial naturaleza de la actividad a subvencionar o las especiales características
del perceptor, no sea posible promover la concurrencia pública, y siempre que se trate de
Entidades Públicas o Privadas sin fines de lucro, se podrán otorgar subvenciones mediante
resolución motivada del órgano competente para concederlas.
Por su parte, el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones,
dispone la publicación en el diario oficial correspondiente de las subvenciones concedidas
cuando los importes de las mismas, individualmente consideradas, sean de cuantía superior
a 3.000 euros.
En su virtud y de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 18 de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, por el que la publicación de la subvención concedida corresponde al órgano
administrativo concedente,
RESUELVO:
Dar publicidad a los proyectos que se detallan en el Anexo adjunto, financiados por el Servicio Extremeño de Salud en aplicación de lo previsto en el artículo 7 del Decreto 77/1990, de
16 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones, por
superar su cuantía los 3.000 euros, con indicación del beneficiario, programa y crédito presupuestario de imputación, cantidad concedida y finalidad de la subvención.
Mérida, a 28 de abril de 2011.
El Director Gerente del Servicio
Extremeño de Salud,
CECILIANO FRANCO RUBIO