Autoridades Y Personal. Nombramientos, Situaciones E Incidencias. Consejería De Administración Pública Y Hacienda. Funcionarios En Prácticas.- (2011050196)
Orden de 8 de junio de 2011 por la que se nombran funcionarios en prácticas a los aspirantes que han superado las pruebas selectivas, convocadas por Orden de 21 de diciembre de 2009, para el acceso a puestos vacantes de personal funcionario del Cuerpo Auxiliar, Especialidad Administración General, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 111
Viernes, 10 de junio de 2011
15077
La condición de funcionario en prácticas y sus efectos se mantendrán exclusivamente
mientras dure el curso selectivo teórico-práctico. Una vez concluido éste quedarán en
expectativa de ser nombrados funcionarios de carrera. En consecuencia, los aspirantes que
venían prestando servicios en esta Administración volverán a su puesto de trabajo de
origen hasta la toma de posesión como funcionario de carrera, y aquellos otros que no
estuvieran previamente prestando servicios no tendrán derecho a percibir retribución alguna de esta Administración.
Tercero: Convocar a los aspirantes aprobados para su incorporación al Curso de Formación
Teórico Práctico correspondiente al Cuerpo Auxiliar, Especialidad Administración General,
cuya realización se dispone en la Base Décima de la Orden de 21 de diciembre de 2010 de
convocatoria de las pruebas selectivas, que deberá superarse con la calificación de APTO
para poder superar el proceso selectivo.
El curso comenzará el día 13 de junio, a las 9 horas, en la Escuela de Administración Pública
de Extremadura, sita en la avda. de la Libertad, s/n., de Mérida.
El curso selectivo tendrá una duración de 20 horas lectivas, que se desarrollará durante los
días 13, 14 y 15 de junio. El horario lectivo será de 9,00 a 14,00, de lunes a miércoles, y de
16,00 a 18,30 el lunes y martes.
En ellos se impartirán conocimientos relacionados con aspectos generales de la organización
de la que se va a formar parte así como aquellos específicos de la especialidad y adecuados a
las características funcionales de los puestos a cubrir.
Los cursos se desarrollarán conforme al sistema de evaluación continua y prueba de aprovechamiento, teniendo carácter selectivo.
Es obligatoria la asistencia a la totalidad de las jornadas o sesiones docentes, así como la
realización de las actividades formativas complementarias, ejecución de los trabajos y pruebas que, en su caso, se encarguen a los participantes.
El control de asistencia de los alumnos se llevará a cabo por la Escuela de Administración
Pública. Los aspirantes deberán ir provistos del DNI, pudiendo ser requeridos en cualquier
momento para que acrediten su identidad.
La falta de asistencia al mismo en cualquiera de sus jornadas o sesiones docentes supondrá
la calificación de “NO APTO” para el aspirante.
No obstante, quienes no pudieran realizar el curso por causa de fuerza mayor debidamente
justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, en fecha a
determinar atendiendo a criterios de eficiencia y disponibilidad de la Escuela de Administración Pública.
Tras la finalización del curso se emitirá un informe por cada uno de los participantes donde
los tutores-ponentes se pronuncien sobre la superación o no del mismo.
La Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, basándose en dichos informes,
otorgará la correspondiente calificación de “APTO” o “NO APTO”.
Viernes, 10 de junio de 2011
15077
La condición de funcionario en prácticas y sus efectos se mantendrán exclusivamente
mientras dure el curso selectivo teórico-práctico. Una vez concluido éste quedarán en
expectativa de ser nombrados funcionarios de carrera. En consecuencia, los aspirantes que
venían prestando servicios en esta Administración volverán a su puesto de trabajo de
origen hasta la toma de posesión como funcionario de carrera, y aquellos otros que no
estuvieran previamente prestando servicios no tendrán derecho a percibir retribución alguna de esta Administración.
Tercero: Convocar a los aspirantes aprobados para su incorporación al Curso de Formación
Teórico Práctico correspondiente al Cuerpo Auxiliar, Especialidad Administración General,
cuya realización se dispone en la Base Décima de la Orden de 21 de diciembre de 2010 de
convocatoria de las pruebas selectivas, que deberá superarse con la calificación de APTO
para poder superar el proceso selectivo.
El curso comenzará el día 13 de junio, a las 9 horas, en la Escuela de Administración Pública
de Extremadura, sita en la avda. de la Libertad, s/n., de Mérida.
El curso selectivo tendrá una duración de 20 horas lectivas, que se desarrollará durante los
días 13, 14 y 15 de junio. El horario lectivo será de 9,00 a 14,00, de lunes a miércoles, y de
16,00 a 18,30 el lunes y martes.
En ellos se impartirán conocimientos relacionados con aspectos generales de la organización
de la que se va a formar parte así como aquellos específicos de la especialidad y adecuados a
las características funcionales de los puestos a cubrir.
Los cursos se desarrollarán conforme al sistema de evaluación continua y prueba de aprovechamiento, teniendo carácter selectivo.
Es obligatoria la asistencia a la totalidad de las jornadas o sesiones docentes, así como la
realización de las actividades formativas complementarias, ejecución de los trabajos y pruebas que, en su caso, se encarguen a los participantes.
El control de asistencia de los alumnos se llevará a cabo por la Escuela de Administración
Pública. Los aspirantes deberán ir provistos del DNI, pudiendo ser requeridos en cualquier
momento para que acrediten su identidad.
La falta de asistencia al mismo en cualquiera de sus jornadas o sesiones docentes supondrá
la calificación de “NO APTO” para el aspirante.
No obstante, quienes no pudieran realizar el curso por causa de fuerza mayor debidamente
justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, en fecha a
determinar atendiendo a criterios de eficiencia y disponibilidad de la Escuela de Administración Pública.
Tras la finalización del curso se emitirá un informe por cada uno de los participantes donde
los tutores-ponentes se pronuncien sobre la superación o no del mismo.
La Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, basándose en dichos informes,
otorgará la correspondiente calificación de “APTO” o “NO APTO”.