Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2025-16038)
Resolución de 28 de julio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Castilla y León, para la gestión de las becas «Campus de Profundización Científica para estudiantes de Educación Secundaria Obligatoria» en Soria, durante el año 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185
Sábado 2 de agosto de 2025
2.
Sec. III. Pág. 104729
Identificación de la información afectada.
Para el cumplimiento del objeto del presente convenio el encargado de tratamiento
de datos recogerá a través de sus medios electrónicos los datos necesarios para la
gestión de las becas, con los únicos y específicos fines del desarrollo del campus.
Categorías de interesados.
Inscritos en la convocatoria de las becas «Campus de Profundización Científica para
estudiantes de Educación Secundaria Obligatoria en Soria», durante el año 2025, a
través de los medios electrónicos de la Administración General de la Comunidad de
Castilla y León.
La convocatoria va destinada a estudiantes que se encuentren cursando en el año
académico, cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria en centros docentes
españoles sostenidos con fondos públicos.
Categorías de datos.
Datos identificativos del padre/madre/tutor/tutora.
Datos identificativos del alumno/alumna.
Datos académicos del alumno/a.
Datos identificativos del Centro.
Datos médicos: enfermedad y medicación.
3.
Duración.
El presente anexo tiene la misma duración que la del convenio matriz al que está
unido. Una vez finalice el convenio y las obligaciones derivadas del mismo.
4.
Obligaciones del encargado de tratamiento.
a. Cumplir y respetar lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de
protección de datos, en adelante RGPD), Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como toda la
normativa vigente en relación con materia de protección de datos y del objeto del
convenio, en especial aquella concerniente a la protección de los derechos
fundamentales.
b. Utilizar los datos personales objeto de tratamiento o los que recoja para su
inclusión, sólo para la finalidad objeto del presente convenio. En ningún caso podrá
utilizar los datos para fines propios.
c. Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones del responsable del
tratamiento.
Si el encargado del tratamiento considera que alguna de las instrucciones infringe el
RGPD o cualquier otra disposición en materia de protección de datos de la Unión o de
los Estados miembros, el encargado informará inmediatamente al responsable.
d. Llevar por escrito un registro de todas las categorías de actividades de
tratamiento efectuadas por cuenta del responsable que contenga:
1. El nombre y los datos de contacto del encargado o encargados y de cada
responsable por cuenta del cual actúe el encargado y, en su caso, del representante del
responsable o del encargado y del delegado de protección de datos.
2. Las categorías de tratamientos efectuados por cuenta de cada responsable.
cve: BOE-A-2025-16038
Verificable en https://www.boe.es
El encargado del tratamiento y todo su personal se obliga a:
Núm. 185
Sábado 2 de agosto de 2025
2.
Sec. III. Pág. 104729
Identificación de la información afectada.
Para el cumplimiento del objeto del presente convenio el encargado de tratamiento
de datos recogerá a través de sus medios electrónicos los datos necesarios para la
gestión de las becas, con los únicos y específicos fines del desarrollo del campus.
Categorías de interesados.
Inscritos en la convocatoria de las becas «Campus de Profundización Científica para
estudiantes de Educación Secundaria Obligatoria en Soria», durante el año 2025, a
través de los medios electrónicos de la Administración General de la Comunidad de
Castilla y León.
La convocatoria va destinada a estudiantes que se encuentren cursando en el año
académico, cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria en centros docentes
españoles sostenidos con fondos públicos.
Categorías de datos.
Datos identificativos del padre/madre/tutor/tutora.
Datos identificativos del alumno/alumna.
Datos académicos del alumno/a.
Datos identificativos del Centro.
Datos médicos: enfermedad y medicación.
3.
Duración.
El presente anexo tiene la misma duración que la del convenio matriz al que está
unido. Una vez finalice el convenio y las obligaciones derivadas del mismo.
4.
Obligaciones del encargado de tratamiento.
a. Cumplir y respetar lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de
protección de datos, en adelante RGPD), Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como toda la
normativa vigente en relación con materia de protección de datos y del objeto del
convenio, en especial aquella concerniente a la protección de los derechos
fundamentales.
b. Utilizar los datos personales objeto de tratamiento o los que recoja para su
inclusión, sólo para la finalidad objeto del presente convenio. En ningún caso podrá
utilizar los datos para fines propios.
c. Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones del responsable del
tratamiento.
Si el encargado del tratamiento considera que alguna de las instrucciones infringe el
RGPD o cualquier otra disposición en materia de protección de datos de la Unión o de
los Estados miembros, el encargado informará inmediatamente al responsable.
d. Llevar por escrito un registro de todas las categorías de actividades de
tratamiento efectuadas por cuenta del responsable que contenga:
1. El nombre y los datos de contacto del encargado o encargados y de cada
responsable por cuenta del cual actúe el encargado y, en su caso, del representante del
responsable o del encargado y del delegado de protección de datos.
2. Las categorías de tratamientos efectuados por cuenta de cada responsable.
cve: BOE-A-2025-16038
Verificable en https://www.boe.es
El encargado del tratamiento y todo su personal se obliga a: