Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2025-16029)
Resolución de 17 de julio de 2025, de la Autoridad Portuaria de Valencia, por la que se publica la Adenda modificativa y de prórroga del Convenio con la Universitat Politècnica de València, para la creación de la «Cátedra Valenciaport de Innovación Logístico-Portuaria».
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185
Sábado 2 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 104628
A partir de aquí, la Autoridad Portuaria de Valencia (en adelante, también APV) y la
Universitat Politècnica de València (en adelante, también UPV) serán denominadas,
conjuntamente, como las «Partes».
Las partes se declaran respectivamente, en el carácter en el que intervienen, con
plena capacidad jurídica para suscribir la presente Adenda Modificativa y de Prórroga del
Convenio y en el caso de representar a terceros, cada uno de los intervinientes asegura
que el poder con el que actúa no ha sido revocado y que es bastante para obligar a sus
representados en virtud de lo dispuesto en la misma, y a tal objeto:
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 2 de agosto de 2023 resultó eficaz el convenio cuyo objeto consiste
en el establecimiento de las condiciones que rigen la colaboración entre la UPV y la APV
en relación con la creación de la «Cátedra Valenciaport de Innovación Logístico-Portuaria»
(en adelante también La Cátedra) que permita la realización continua de actividades de
investigación, transferencia, divulgación, docencia e innovación sobre materias relacionadas
con actividades marítimas, puertos y transporte marítimo.
Segundo.
Que este convenio, suscrito entre la UPV y la APV finalizó su plazo de vigencia el 2
de agosto de 2024, de acuerdo con el párrafo segundo de la cláusula décima del
convenio, si bien dicha misma cláusula prevé la posibilidad de prórroga por periodos
anuales hasta un máximo de cuatro años, mediante acuerdo expreso de las partes en
cualquier momento antes de la finalización del referido plazo.
La Comisión de Seguimiento del convenio, en su reunión 29 de abril de 2024, acordó
proponer la prórroga del convenio por el periodo de un año. Tras su debida tramitación,
dicha prórroga entró en vigor el 2 de agosto de 2024 y finalizará el 2 de agosto de 2025.
Con base a lo anterior, y vista la satisfacción de las partes con el desarrollo del
convenio, la Comisión de Seguimiento del Convenio, en su reunión de 30 de enero
de 2025 acordó proponer la presente adenda modificativa y de prórroga del convenio por
el periodo de un año.
Tercero.
Que existe acuerdo unánime de las partes de prorrogar el convenio y que, conforme
a lo previsto en los párrafos segundo y tercero de su cláusula décima, dicho acuerdo
debe formalizarse antes de la finalización del plazo de vigencia del convenio suscrito.
Por todo ello, las partes acuerdan suscribir la presente adenda modificativa y de
prórroga, que se regirá por las siguientes:
CLÁUSULAS
Las partes acuerdan la Adenda modificativa y de prórroga del «Convenio empresarial
en actividades de interés general entre la Universitat Politècnica de València y la Autoridad
Portuaria de Valencia para la creación de la «Cátedra Valenciaport de Innovación
Logístico-portuaria» suscrito entre la Autoridad Portuaria de Valencia y la Universitat
Politècnica de València por un año, que tendrá efectos a partir del 2 de agosto de 2025,
y previa inscripción de la presente adenda en el Registro electrónico estatal de órganos
e instrumentos de cooperación del sector público estatal. Además, se publicará en el
cve: BOE-A-2025-16029
Verificable en https://www.boe.es
Primera.
Núm. 185
Sábado 2 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 104628
A partir de aquí, la Autoridad Portuaria de Valencia (en adelante, también APV) y la
Universitat Politècnica de València (en adelante, también UPV) serán denominadas,
conjuntamente, como las «Partes».
Las partes se declaran respectivamente, en el carácter en el que intervienen, con
plena capacidad jurídica para suscribir la presente Adenda Modificativa y de Prórroga del
Convenio y en el caso de representar a terceros, cada uno de los intervinientes asegura
que el poder con el que actúa no ha sido revocado y que es bastante para obligar a sus
representados en virtud de lo dispuesto en la misma, y a tal objeto:
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 2 de agosto de 2023 resultó eficaz el convenio cuyo objeto consiste
en el establecimiento de las condiciones que rigen la colaboración entre la UPV y la APV
en relación con la creación de la «Cátedra Valenciaport de Innovación Logístico-Portuaria»
(en adelante también La Cátedra) que permita la realización continua de actividades de
investigación, transferencia, divulgación, docencia e innovación sobre materias relacionadas
con actividades marítimas, puertos y transporte marítimo.
Segundo.
Que este convenio, suscrito entre la UPV y la APV finalizó su plazo de vigencia el 2
de agosto de 2024, de acuerdo con el párrafo segundo de la cláusula décima del
convenio, si bien dicha misma cláusula prevé la posibilidad de prórroga por periodos
anuales hasta un máximo de cuatro años, mediante acuerdo expreso de las partes en
cualquier momento antes de la finalización del referido plazo.
La Comisión de Seguimiento del convenio, en su reunión 29 de abril de 2024, acordó
proponer la prórroga del convenio por el periodo de un año. Tras su debida tramitación,
dicha prórroga entró en vigor el 2 de agosto de 2024 y finalizará el 2 de agosto de 2025.
Con base a lo anterior, y vista la satisfacción de las partes con el desarrollo del
convenio, la Comisión de Seguimiento del Convenio, en su reunión de 30 de enero
de 2025 acordó proponer la presente adenda modificativa y de prórroga del convenio por
el periodo de un año.
Tercero.
Que existe acuerdo unánime de las partes de prorrogar el convenio y que, conforme
a lo previsto en los párrafos segundo y tercero de su cláusula décima, dicho acuerdo
debe formalizarse antes de la finalización del plazo de vigencia del convenio suscrito.
Por todo ello, las partes acuerdan suscribir la presente adenda modificativa y de
prórroga, que se regirá por las siguientes:
CLÁUSULAS
Las partes acuerdan la Adenda modificativa y de prórroga del «Convenio empresarial
en actividades de interés general entre la Universitat Politècnica de València y la Autoridad
Portuaria de Valencia para la creación de la «Cátedra Valenciaport de Innovación
Logístico-portuaria» suscrito entre la Autoridad Portuaria de Valencia y la Universitat
Politècnica de València por un año, que tendrá efectos a partir del 2 de agosto de 2025,
y previa inscripción de la presente adenda en el Registro electrónico estatal de órganos
e instrumentos de cooperación del sector público estatal. Además, se publicará en el
cve: BOE-A-2025-16029
Verificable en https://www.boe.es
Primera.