Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-16045)
Resolución de 14 de julio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo del grupo Marítima Davila, SA, y Sociedades vinculadas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185

Sábado 2 de agosto de 2025

Sec. III. Pág. 104824

b) Tareas de alto contenido técnico consistentes en prestar soporte con autonomía
media, y bajo directrices y normas que no delimitan totalmente la forma de proceder en
funciones de investigación, control de calidad, vigilancia y control de procesos
industriales, etcétera.
Criterios de acceso/promoción al Grupo II:
– Experiencia consolidada en el Grupo III, con un historial de desempeño superior y
contribución a la mejora de procesos.
– Habilidades demostradas en la supervisión y orientación de otros trabajadores,
asumiendo un rol informal de liderazgo previo.
– Capacidad para organizar tareas, tomar decisiones operativas y resolver
incidencias dentro de su área de responsabilidad.
– Formación de grado medio complementada con cursos o certificaciones en gestión
de equipos, liderazgo o planificación estratégica.
– Evaluación positiva por parte de un superior directo, validando su capacidad para
asumir funciones de liderazgo.
– El criterio de promoción debe ser autorizado por el área de Personas/RRHH y la
Dirección.
Grupo III. Técnicos y Oficiales.
Descripción Grupo:
Tienen cierta autonomía para organizar su trabajo, tomar decisiones dentro de su
ámbito y resolver problemas técnicos o prácticos.
Pueden supervisar tareas de otros trabajadores y actividades dentro de un área
específica.
Sus funciones requieren razonamiento, interpretación de normas, integración de
información y resolución de problemas.
Se espera que optimicen tiempos y recursos, ajustando su ejecución para mejorar la
eficiencia del proceso. Puede reorganizar su trabajo y apoyar en la organización de su
departamento para lograr mejores resultados.
Formación media (bachillerato, FP grado medio) o experiencia amplia en funciones
técnicas.
– Capacidad para integrar información y resolver problemas en su área.

a) Tareas técnicas que consisten en la ordenación de tareas y de puesto de trabajo
de una unidad completa de producción bajo las normas y directrices marcadas por su
superior.
b) Tareas que suponen la supervisión, según normas generales recibidas de un
mando inmediato superior, de la ejecución práctica de las tareas en su área de trabajo.
c) Tareas técnicas de dirección y supervisión en el área de contabilidad, consistente en
reunir los elementos suministrados por los ayudantes confeccionar estados, balances, costos,
provisiones de tesorería, y otros trabajos análogos en base al plan contable de la empresa.
d) Tareas técnicas de toda clase de proyectos, reproducciones o detalles bajo la
dirección de un mando superior, ordenando, vigilando y dirigiendo la ejecución práctica
de las mismas.
e) Tareas técnicas de gestión comercial con cierto grado de responsabilidad sobre
un sector geográfico delimitado y/o una gama específica de productos.
f) Tareas de venta y comercialización de productos de complejidad y valor unitario.
g) Redacción de correspondencia comercial, cálculo de precios a la vista de ofertas
recibidas, recepción y tramitación de pedidos y propuestas de contestación.

cve: BOE-A-2025-16045
Verificable en https://www.boe.es

En este grupo profesional se incluyen a título orientativo todas aquellas actividades
que por analogía son asimilables a las siguientes: