Ministerio de Defensa. I. Disposiciones generales. Formación militar. (BOE-A-2025-15988)
Orden DEF/832/2025, de 29 de julio, por la que se aprueba el currículo de la enseñanza de formación para el acceso a la Escala de Suboficiales del Cuerpo General del Ejército del Aire y del Espacio, mediante la forma de ingreso sin exigencia de titulación previa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185

Sábado 2 de agosto de 2025
Dos.

Sec. I. Pág. 104422

El artículo 5 queda redactado del siguiente modo:

«Artículo 5.

Convalidación de módulos según la procedencia militar del alumno.

Podrán ser convalidados, previa solicitud del interesado, aquellos módulos o
partes de ellos, obligatorios, específicos, y de especialidad fundamental, que
acredite y que coincidan a juicio de la Junta Docente, en su denominación,
duración y resultados de aprendizaje.
A los alumnos que estén vinculados profesionalmente con las Fuerzas
Armadas se les reconocerá la fase de acogida, consistente en las dos primeras
semanas de las tres de las que consta el periodo de orientación y adaptación a la
vida militar.»
Disposición final segunda.

Facultades de aplicación.

Se autoriza a la persona titular de la Subsecretaría de Defensa a dictar las
disposiciones necesarias para la aplicación de esta orden ministerial conforme a los
criterios de la Orden DEF/1626/2015, de 29 de julio, por la que se aprueban las
directrices generales para la elaboración de los currículos de la enseñanza de formación
para el acceso a las diferentes escalas de suboficiales de los cuerpos de las Fuerzas
Armadas.
Disposición final tercera.

Entrada en vigor.

La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en
el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 29 de julio de 2025.–La Ministra de Defensa, Margarita Robles Fernández.
CURRÍCULO DE LA ENSEÑANZA DE FORMACIÓN PARA EL ACCESO A LA
ESCALA DE SUBOFICIALES DEL CUERPO GENERAL DEL EJÉRCITO DEL AIRE
Y DEL ESPACIO MEDIANTE LAS FORMAS DE INGRESO SIN TITULACIÓN PREVIA
Perfil profesional al alcanzar el primer empleo.

El Sargento de la Escala de Suboficiales del Cuerpo General del Ejército del Aire y
del Espacio actuará con disciplina, asumiendo los principios de jerarquía y unidad de
acción, con sujeción a la Constitución, a las Reales Ordenanzas, al derecho de los
conflictos armados y al resto del ordenamiento jurídico, utilizando las formas propias de
acción del Ejército del Aire y del Espacio.
Ejercerá el mando y la iniciativa que le corresponde para transmitir, cumplir y hacer
cumplir, en todas las circunstancias y situaciones, las órdenes e instrucciones recibidas y
asegurar la ejecución de las tareas encomendadas.
Adecuará sus acciones a las circunstancias, mediante la evaluación de riesgos y la
deducción de opciones oportunas y adecuadas.
Interpretará, transmitirá y ejecutará órdenes e ideas en castellano e inglés, y para
desarrollar su actividad integrado en organizaciones militares multinacionales.
Además, los componentes de cada especialidad fundamental tendrán las
capacidades que a continuación se indican:
a)

Protección de la fuerza y apoyo a las operaciones (PAO).

Ejercerá las funciones operativas, técnicas, logísticas, administrativas y docentes que
le corresponden de acuerdo con su empleo, en el desempeño de las actividades
relacionadas con la seguridad de instalaciones y recursos del Ejército del Aire y del
Espacio, defensa local de bases frente a ataques aéreos o terrestres, funcionamiento de

cve: BOE-A-2025-15988
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 1.