Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto DemográficoV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Mercado de divisas. (BOE-B-2025-28157)
Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Tajo O.A. de la resolución del confinamiento de embarcaciones en el embalse de Entrepeñas y dique de Pareja.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184

Viernes 1 de agosto de 2025

Sec. V-B. Pág. 44098

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MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

28157

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Tajo O.A. de la resolución
del confinamiento de embarcaciones en el embalse de Entrepeñas y
dique de Pareja.

Por resolución de la Confederación Hidrográfica del Tajo, de 16 de junio de
2025, ha sido declarado el confinamiento de embarcaciones en el embalse de
Entrepeñas y dique de Pareja. En virtud de lo dispuesto en el artículo 51.2 del
Reglamento del Dominio Público Hidráulico se indican a continuación las
principales condiciones que figuran en la citada resolución:
Esta Confederación Hidrográfica del Tajo, en virtud de lo establecido en los
artículos 24 y 30 del Real Decreto Legislativo 1/2001 de 20 de julio, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas, a propuesta de su Comisaría de
Aguas, resuelve, con carácter transitorio y sin perjuicio de las determinaciones que
puedan adoptarse por parte de la Comunidad Autónoma en el ámbito de sus
competencias, incluir en la Declaración Responsable para el ejercicio de la
navegación y flotación en la Cuenca Hidrográfica del Tajo las siguientes medidas
para el desarrollo de la actividad en el Embalse de Entrepeñas y Dique de Pareja:
1. Declarar el confinamiento de embarcaciones.
2. Aplicación de los protocolos de limpieza y desinfección de embarcaciones y
equipos tanto a la entrada como a la salida de las masas de agua, para lo cual
deberán disponer del correspondiente certificado de desinfección.
3. Tratamiento de elementos y depósitos de medios de extinción de incendios,
tanto aéreos como terrestres, que se abastezcan de agua de esta masa en riesgo,
con anterioridad y con posterioridad al desarrollo de su trabajo, no pudiendo arrojar
agua en otras masas de agua no afectadas por la especie invasora.
La resolución completa se encuentra publicada en la web: https://
www.chtajo.es/navegación-y-flotación
Madrid, 18 de julio de 2025.- El Comisario de Aguas, Javier Diaz Regañón.

cve: BOE-B-2025-28157
Verificable en https://www.boe.es

ID: A250035766-1

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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X