Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Entidades de seguros. (BOE-A-2025-15921)
Resolución de 22 de julio de 2025, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se acuerda la revocación de la autorización administrativa para actuar como gestora de fondos de pensiones y la baja en el Registro especial de entidades gestoras de fondos de pensiones de Fineco Previsión SA, E.G.F.P.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 183

Jueves 31 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 103674

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA
15921

Resolución de 22 de julio de 2025, de la Dirección General de Seguros y
Fondos de Pensiones, por la que se acuerda la revocación de la autorización
administrativa para actuar como gestora de fondos de pensiones y la baja en
el Registro especial de entidades gestoras de fondos de pensiones de Fineco
Previsión SA, E.G.F.P.

Por Resolución de esta Dirección General de 29 de agosto de 2001, la entidad
Fineco Prevision, SA, E.G.F.P., inscrita en el Registro Mercantil con la denominación
Fineco Previsión Entidad Gestora de Fondos de Pensiones, SA, en liquidación, fue
autorizada para actuar como gestora de fondos de pensiones, siendo inscrita como tal en
el Registro administrativo especial de entidades gestoras de fondos de pensiones con la
clave G0207.
Con fecha 23 de diciembre de 2024, Fineco Sociedad de Valores, SA, socio único de
la entidad Fineco Previsión, SA, E.G.F.P, acordó la disolución y liquidación de ésta, así
como la aprobación del balance final de liquidación. Mediante escritura pública de esa
misma fecha, se declaró liquidada la entidad, habiéndose inscrito su extinción en el
Registro Mercantil el 9 de enero de 2025.
Habiéndose constatado que no existen fondos de pensiones sometidos actualmente
a su gestión, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 31.1.a) del texto refundido de la
Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre,
Esta Dirección General acuerda:
Primero.
Revocar la autorización administrativa concedida para actuar como gestora de
fondos de pensiones a Fineco Previsión, SA, E.G.F.P., inscrita en el Registro
administrativo especial de entidades gestoras de fondos de pensiones con la clave
G0207, por concurrir la causa prevista en el artículo 31.1.a) del texto refundido antes
mencionado.
Segundo.
Acordar la baja de la entidad Fineco Previsión, SA, E.G.F.P en el Registro
administrativo especial de entidades gestoras de fondos de pensiones, previsto en el
artículo 96.3 del Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el
Reglamento de planes y fondos de pensiones.
Tercero.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, que podrá presentarse ante la
Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones o ante la Secretaría de Estado de
Economía y Apoyo a la Empresa, siendo este órgano el competente para resolverlo, de
conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 22 de julio de 2025.–El Director General de Seguros y Fondos de Pensiones,
José Antonio Fernández de Pinto.
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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