Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. I. Disposiciones generales. Servicios públicos. Acceso electrónico. (BOE-A-2025-15846)
Resolución de 18 de julio de 2025, de la Dirección de la Agencia Estatal Agencia Espacial Española, por la que se crea y se regula su sede electrónica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 183

Jueves 31 de julio de 2025

Sec. I. Pág. 103257

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
15846

Resolución de 18 de julio de 2025, de la Dirección de la Agencia Estatal
Agencia Espacial Española, por la que se crea y se regula su sede
electrónica.

De conformidad con el ordenamiento jurídico vigente, la ciudadanía tiene reconocido
el derecho a relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos.
Este derecho, que se enmarca en los principios de eficacia, eficiencia, accesibilidad y
transparencia de la actuación administrativa, encuentra su fundamento normativo en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, así como en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 38 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, así como en el artículo 9 del Reglamento de
actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por
Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, una sede electrónica es aquella dirección
electrónica disponible para la ciudadanía por medio de redes de telecomunicaciones.
Mediante dicha sede electrónica se realizarán todas las actuaciones y trámites referidos
a procedimientos o a servicios que requieran la identificación de la Administración
Pública y, en su caso, la identificación o firma electrónica de las personas interesadas.
La disposición adicional tercera de la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se
modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
autoriza la creación de la Agencia Estatal «Agencia Espacial Española», con carácter de
agencia estatal, adscrita a los Ministerios de Defensa y Ciencia, Innovación y
Universidades Constituye el objeto propio de la Agencia Espacial Española la utilización
del espacio en beneficio, conocimiento y seguridad de la sociedad española; así como el
establecimiento, fomento y coordinación de todas aquellas actividades y políticas que
permitan la investigación, el desarrollo tecnológico e industrial y la innovación en el
ámbito espacial. El Estatuto de la Agencia Espacial Española se aprobó por Real
Decreto 158/2023, de 7 de marzo.
Con la creación de esta sede electrónica se pretende facilitar tanto a las personas
físicas como a las jurídicas sus relaciones con la Agencia Espacial Española, para que,
de una manera ágil, segura y eficaz, se pueda garantizar el cumplimiento del derecho de
la ciudadanía a comunicarse con las Administraciones Públicas a través de medios
electrónicos, tal y como preceptúa el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.3 del Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos, previo informe favorable del
Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, resuelvo:
Objeto y ámbito de aplicación.

1. Esta resolución tiene como objeto la creación de la sede electrónica de la
Agencia Espacial Española, de acuerdo con lo establecido en el artículo 38 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y el artículo 9 y
siguientes del Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos, aprobado por el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo.
2. El ámbito de aplicación de esta sede electrónica abarca a los órganos y unidades
pertenecientes a la Agencia Espacial Española.

cve: BOE-A-2025-15846
Verificable en https://www.boe.es

Primero.