Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-15918)
Resolución de 11 de julio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico FV Vizmalo, de 113,016 MW de potencia instalada, y para una parte de su infraestructura de evacuación, en las provincias de Palencia y Burgos».
34 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 31 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 103640
embargo, las zonas de matorral y superficies arboladas colindantes a los recintos
podrían verse afectados por las obras y suponer un riesgo de incendios forestales. Las
manchas de vegetación herbácea dispersas en el interior de algunos recintos se verán
directamente afectadas por la instalación de los módulos, así como pies arbóreos, por la
instalación del vallado.
En relación con la LSAT, el organismo indica que el primer tramo coincide con un
pastizal-matorral considerado monte, por lo que deberá modificarse su trazado. Por otro
lado, la línea soterrada de interconexión discurre durante 2 km sobre rodaduras de
vehículos en un terreno clasificado como superficie forestal que podría verse afectada
durante las obras.
Por otro lado, de acuerdo con la información cartográfica oficial constata la presencia
en la zona sur del proyecto de dos taxones de flora protegida (Campanula fastigiata y
Sideritis lurida) ambos de atención preferente según el Catálogo de Flora Protegida de
Castilla y León. Sin embargo, indica que la mayor parte del trazado discurre por caminos
existentes y tierras de labor, por lo que considera que es poco probable la afección a
ejemplares de las citadas especies. No obstante, se deberá tener en cuenta la presencia
de ejemplares de estas especies u otras que pudieran aparecer a lo largo del trazado
soterrado, especialmente en aquellas zonas que atraviesan terrenos de monte, para que,
en caso de detectarse algún ejemplar, no se vean afectadas por la zanja de canalización.
En relación con los HIC fuera de espacios Red Natura 2000, el organismo informa
sobre la presencia del HIC 4090, 9240 y 6220*. La ejecución de la LSAT afectaría a los
HIC 4090 y 6220*, por lo que requiere que se modifique su trazado para evitar la
afección a dichos hábitats y propone un trazado nuevo entre las parcelas
catastrales 5079 y 15084.
Además, la línea de interconexión (LSMT) que discurre desde la zona sur de la
planta hacia la SET Vizmalo coincide en algunos tramos con los HIC 4090 y 9240, por lo
que podrían verse afectados durante las obras, debido a la apertura de zanjas y a la
necesidad de talar o podar la vegetación que se encuentra a lo largo del trazado, a la
ocupación temporal asociada a las zonas de acopio y por el tránsito de maquinaria.
En conclusión, la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la
Junta de Castilla y León señala que las actuaciones previstas no afectarán a la presencia
o conservación de las citadas especies o de sus poblaciones ni a los HIC mencionados,
siempre que se cumplan las medidas propuestas por el promotor y, además, las
siguientes medidas:
– Con objeto de evitar afecciones a taxones de flora protegida, montes arbolados y
otras zonas naturales, el trazado de la línea de evacuación deberá coincidir con la
plataforma de los caminos existentes. Se deberá redefinir el trazado de la línea de
interconexión que discurre desde la zona sur de la planta hacia la SET Vizmalo con
objeto de evitar la afección a los HIC 4090 y 9240.
– Los seguidores se instalarán mediante hincado en el terreno y únicamente se
admite la cimentación como alternativa, previa justificación y solicitud de informe de
afección. Se mantendrá la tierra vegetal y, en todo caso, está prohibida la eliminación del
horizonte superficial del suelo.
– Se deberán respetar las superficies de monte, linderos con alineaciones de
vegetación arbórea y arbustiva, rodales arbolados dentro de las parcelas de
implantación, así como arbolado disperso, tanto en las tierras de labor, como junto al
borde de los caminos. Para ello, se procederá a jalonar su perímetro para evitar la
entrada de vehículos. Asimismo, se deberá retranquear el vallado en aquellos recintos
en los que el cerramiento intercepta superficies de pastizal. La instalación de la planta y
sus infraestructuras no determinarán la eliminación de arbolado, cuya corta estará
condicionada a una correcta gestión de la masa forestal conforme a su desarrollo. Si
fuese necesaria la corta de algún pie, se deberá justificar la ausencia de otras
alternativas para su autorización que, en su caso, estará sujeta a lo recogido en la
Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León, y contar con los permisos
necesarios por parte del Servicio Territorial de Medio Ambiente correspondiente.
cve: BOE-A-2025-15918
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 183
Jueves 31 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 103640
embargo, las zonas de matorral y superficies arboladas colindantes a los recintos
podrían verse afectados por las obras y suponer un riesgo de incendios forestales. Las
manchas de vegetación herbácea dispersas en el interior de algunos recintos se verán
directamente afectadas por la instalación de los módulos, así como pies arbóreos, por la
instalación del vallado.
En relación con la LSAT, el organismo indica que el primer tramo coincide con un
pastizal-matorral considerado monte, por lo que deberá modificarse su trazado. Por otro
lado, la línea soterrada de interconexión discurre durante 2 km sobre rodaduras de
vehículos en un terreno clasificado como superficie forestal que podría verse afectada
durante las obras.
Por otro lado, de acuerdo con la información cartográfica oficial constata la presencia
en la zona sur del proyecto de dos taxones de flora protegida (Campanula fastigiata y
Sideritis lurida) ambos de atención preferente según el Catálogo de Flora Protegida de
Castilla y León. Sin embargo, indica que la mayor parte del trazado discurre por caminos
existentes y tierras de labor, por lo que considera que es poco probable la afección a
ejemplares de las citadas especies. No obstante, se deberá tener en cuenta la presencia
de ejemplares de estas especies u otras que pudieran aparecer a lo largo del trazado
soterrado, especialmente en aquellas zonas que atraviesan terrenos de monte, para que,
en caso de detectarse algún ejemplar, no se vean afectadas por la zanja de canalización.
En relación con los HIC fuera de espacios Red Natura 2000, el organismo informa
sobre la presencia del HIC 4090, 9240 y 6220*. La ejecución de la LSAT afectaría a los
HIC 4090 y 6220*, por lo que requiere que se modifique su trazado para evitar la
afección a dichos hábitats y propone un trazado nuevo entre las parcelas
catastrales 5079 y 15084.
Además, la línea de interconexión (LSMT) que discurre desde la zona sur de la
planta hacia la SET Vizmalo coincide en algunos tramos con los HIC 4090 y 9240, por lo
que podrían verse afectados durante las obras, debido a la apertura de zanjas y a la
necesidad de talar o podar la vegetación que se encuentra a lo largo del trazado, a la
ocupación temporal asociada a las zonas de acopio y por el tránsito de maquinaria.
En conclusión, la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la
Junta de Castilla y León señala que las actuaciones previstas no afectarán a la presencia
o conservación de las citadas especies o de sus poblaciones ni a los HIC mencionados,
siempre que se cumplan las medidas propuestas por el promotor y, además, las
siguientes medidas:
– Con objeto de evitar afecciones a taxones de flora protegida, montes arbolados y
otras zonas naturales, el trazado de la línea de evacuación deberá coincidir con la
plataforma de los caminos existentes. Se deberá redefinir el trazado de la línea de
interconexión que discurre desde la zona sur de la planta hacia la SET Vizmalo con
objeto de evitar la afección a los HIC 4090 y 9240.
– Los seguidores se instalarán mediante hincado en el terreno y únicamente se
admite la cimentación como alternativa, previa justificación y solicitud de informe de
afección. Se mantendrá la tierra vegetal y, en todo caso, está prohibida la eliminación del
horizonte superficial del suelo.
– Se deberán respetar las superficies de monte, linderos con alineaciones de
vegetación arbórea y arbustiva, rodales arbolados dentro de las parcelas de
implantación, así como arbolado disperso, tanto en las tierras de labor, como junto al
borde de los caminos. Para ello, se procederá a jalonar su perímetro para evitar la
entrada de vehículos. Asimismo, se deberá retranquear el vallado en aquellos recintos
en los que el cerramiento intercepta superficies de pastizal. La instalación de la planta y
sus infraestructuras no determinarán la eliminación de arbolado, cuya corta estará
condicionada a una correcta gestión de la masa forestal conforme a su desarrollo. Si
fuese necesaria la corta de algún pie, se deberá justificar la ausencia de otras
alternativas para su autorización que, en su caso, estará sujeta a lo recogido en la
Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León, y contar con los permisos
necesarios por parte del Servicio Territorial de Medio Ambiente correspondiente.
cve: BOE-A-2025-15918
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 183