Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-15824)
Resolución de 8 de julio de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Energías Renovables de Angus, SL, de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública para el parque eólico Angus de 56 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Zaragoza y Teruel.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 30 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 103098

(Teruel), Alcover, Alforja, Almoster, Ascó, Batea, Bràfim, Capçanes, Corbera d’Ebre, El
Milà, Els Guiamets, Falset, Gandesa, Garcia, L’Albiol, L’Aleixar, L’Arboç, La Bisbal del
Penedès, La Fatarella, La Selva del Camp, Llorenç del Penedès, Marçà, Masllorenç,
Montferri, Mora d’Ebre, Nulles,, Porrera, Puigpelat, Rodonyà, Riudecols, Sant Jaume
dels Domenys, Valmoll, Valls, Vilabella (Tarragona), Castellet i la Gornal, Olèrdola y
Santa Margarida i els Monjos (Barcelona), hasta el Centro de Seccionamiento CS
Promotores Begues 400 kV.
El Centro de Seccionamiento CS Promotores Begues 400 kV, ubicado en Olèrdola
(Barcelona).
La línea eléctrica aéreo-subterránea a 400 kV entre el Centro de Seccionamiento CS
Promotores Begues 400 kV y la subestación eléctrica Begues 400 KV, propiedad de Red
Eléctrica de España SAU, discurriendo por los municipios de Avinyonet del Penedés,
Begues, Olèrdola, Olesa de Bonesvalls, Sant Cugat Sesgarriges y Vallirana (Barcelona).
Estas instalaciones, que han sido incluidas y tramitadas en el expediente PFot-539,
cuentan con autorización administrativa previa, otorgada en favor de Energías
Renovables de Ormonde 36, SLU (actualmente Energía Inagotable del proyecto Jaime I,
SLU) mediante Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, de 13
de julio de 2023, por la que se otorga autorización administrativa previa para la
instalación fotovoltaica Jaime I, de 40 MW de potencia pico y 38,2 MW de potencia
instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Lechón,
Plenas, Lécera, Escatrón, Caspe, y Maella (provincia de Zaragoza), Lanzuela, Cucalón,
Bádenas, Loscos, Blesa, Muniesa, Albalate del Arzobispo, Urrea de Gaen, Híjar, Samper
de Calanda y Alcañiz (provincia de Teruel), L’Albiol, Alcover, L’Aeixar, Alforja, Almoster,
L’Arboç, Ascó, Batea, Bisbal del Penedès, Bràfim, Corbera D’Ebre, Duesaigües, Falset,
La Fatallera, Gandesa, Garcia, Llorenç del Penedès, Masllorenç, El Masroig, El Milà,
Montferri, Móra D’Ebre, Nulles, Pradell de la Teixeta, Puigpelat, Riudecols, Rodonyà,
Sant Jaume del Domenys, La Selva del Camp, Vallmoll, Valls, y Vilabella (provincia de
Tarragona), Castellet i la Gornal, Santa Margarida i els Monjos, Olèrdola, Sant Cugat
Sesgarrigues, Avinyonet del Penedès, Olesa de Bonesvalls, Vallirana y Begues
(provincia de Barcelona), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 183, de 2 de
agosto de 2023, si bien no cuentan con autorización administrativa de construcción.
Con fecha 23 de enero de 2025, la Dirección General de Política Energética y Minas
resolvió desestimar la solicitud de Energía Inagotable del Proyecto Jaime I, SLU, de
autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción del
parque solar fotovoltaico Jaime I, de 38,2 MW de potencia instalada, y de su
infraestructura de evacuación, en diversos términos municipales de las provincias de
Zaragoza, Teruel, Tarragona y Barcelona, acordando el archivo del expediente PFot-539.
Por consiguiente, las anteriores infraestructuras de evacuación, necesarias para la
conexión parque eólico Angus con la red de transporte y, por lo tanto, para la evacuación
de la energía eléctrica generada en la planta, no disponen de la preceptiva autorización
administrativa de construcción.
Quinto. Requerimiento practicado.
Finalizados los trámites de información pública y consultas y previo a otorgar el
preceptivo trámite de audiencia al interesado con la propuesta de resolución de
autorización administrativa previa de modificaciones y autorización administrativa de
construcción, con fecha 4 de octubre de 2024, la Subdirección General de
Infraestructuras e Integración del Sistema Energético emitió requerimiento a Energías
Renovables de Fulgora, SLU, indicando que, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector Eléctrico, que establece
que «formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación,
que incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la
transformación de energía eléctrica», los expedientes de los parques eólicos Fulgora,
Angus, Belenus, Brigid, Dian, Epona, Felis, Fontus y Electra no podrán obtener

cve: BOE-A-2025-15824
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Núm. 182