Banco de España. III. Otras disposiciones. Entidades de crédito. (BOE-A-2025-15835)
Resolución de 29 de julio de 2025, del Banco de España, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Ejecutiva de 29 de julio de 2025, de adopción de medida de suspensión temporal de la actividad de prestación de servicios de pago realizada por Moneytrans World Entidad de Pago, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 182
Miércoles 30 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 103190
III. OTRAS DISPOSICIONES
BANCO DE ESPAÑA
15835
Resolución de 29 de julio de 2025, del Banco de España, por la que se
publica el Acuerdo de la Comisión Ejecutiva de 29 de julio de 2025, de
adopción de medida de suspensión temporal de la actividad de prestación de
servicios de pago realizada por Moneytrans World Entidad de Pago, SA.
En el marco del expediente de revocación de la autorización de Moneytrans World
Entidad de Pago, SA, como entidad de pago, iniciado por la Comisión Ejecutiva del
Banco de España en su sesión de 29 de julio de 2025, dicho órgano adoptó en la misma
fecha, entre otros, el siguiente acuerdo: «Suspender temporalmente la actividad de
Moneytrans World Entidad de Pago, SA, de prestación de servicios de pago, tanto de
potenciales nuevos clientes como de los actuales, con publicación en el «Boletín Oficial
del Estado» (BOE), comunicación al Registro Mercantil y su anotación en el Registro
Especial de entidades de pago del Banco de España […]».
Tal medida se adoptó de conformidad con los artículos 45 y 56 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, 13.1
del Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas
urgentes en materia financiera, y 5.3 del Real Decreto 736/2019, de 20 de diciembre, de
régimen jurídico de los servicios de pago y de las entidades de pago y por el que se
modifican el Real Decreto 778/2012, de 4 de mayo, de régimen jurídico de las entidades de
dinero electrónico, y el Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero, por el que se desarrolla la
Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.
Esta medida se mantendrá hasta que surta efectos la resolución administrativa que ponga
fin al referido procedimiento de revocación de autorización como entidad de pago.
Por tanto, a la vista del citado acuerdo, y al amparo de lo establecido en el
artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, se ordena la publicación en el «Boletín Oficial
del Estado» de la citada medida de suspensión temporal de la referida actividad de
Moneytrans World Entidad de Pago, SA.
cve: BOE-A-2025-15835
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 29 de julio de 2025.–El Secretario General del Banco de España, FranciscoJavier Priego Pérez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 182
Miércoles 30 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 103190
III. OTRAS DISPOSICIONES
BANCO DE ESPAÑA
15835
Resolución de 29 de julio de 2025, del Banco de España, por la que se
publica el Acuerdo de la Comisión Ejecutiva de 29 de julio de 2025, de
adopción de medida de suspensión temporal de la actividad de prestación de
servicios de pago realizada por Moneytrans World Entidad de Pago, SA.
En el marco del expediente de revocación de la autorización de Moneytrans World
Entidad de Pago, SA, como entidad de pago, iniciado por la Comisión Ejecutiva del
Banco de España en su sesión de 29 de julio de 2025, dicho órgano adoptó en la misma
fecha, entre otros, el siguiente acuerdo: «Suspender temporalmente la actividad de
Moneytrans World Entidad de Pago, SA, de prestación de servicios de pago, tanto de
potenciales nuevos clientes como de los actuales, con publicación en el «Boletín Oficial
del Estado» (BOE), comunicación al Registro Mercantil y su anotación en el Registro
Especial de entidades de pago del Banco de España […]».
Tal medida se adoptó de conformidad con los artículos 45 y 56 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, 13.1
del Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas
urgentes en materia financiera, y 5.3 del Real Decreto 736/2019, de 20 de diciembre, de
régimen jurídico de los servicios de pago y de las entidades de pago y por el que se
modifican el Real Decreto 778/2012, de 4 de mayo, de régimen jurídico de las entidades de
dinero electrónico, y el Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero, por el que se desarrolla la
Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.
Esta medida se mantendrá hasta que surta efectos la resolución administrativa que ponga
fin al referido procedimiento de revocación de autorización como entidad de pago.
Por tanto, a la vista del citado acuerdo, y al amparo de lo establecido en el
artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, se ordena la publicación en el «Boletín Oficial
del Estado» de la citada medida de suspensión temporal de la referida actividad de
Moneytrans World Entidad de Pago, SA.
cve: BOE-A-2025-15835
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 29 de julio de 2025.–El Secretario General del Banco de España, FranciscoJavier Priego Pérez.
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