Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2025-15809)
Resolución de 21 de julio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Cervantes y la Universidad de Murcia, para la realización de prácticas académicas externas de sus estudiantes.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 182
Miércoles 30 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 102722
II. Que la Universidad de Murcia, regulada por la Ley 3/2005, de 25 de abril, de
Universidades de la Región de Murcia (BOE, de 19 de mayo de 2006) y dotada de
personalidad jurídica y capacidad de obrar dentro de su ámbito de actuación, tiene como
función, entre otras, la preparación para el ejercicio de actividades profesionales que
exijan la aplicación y actualización de conocimientos y métodos científicos, tecnológicos,
sociales, humanísticos, artísticos, culturales y para la creación artística, y que sus fines,
dado su carácter educativo, son concurrentes o complementarios con los del Instituto
Cervantes.
Por su parte, la Universidad de Murcia goza de autonomía, de acuerdo con el
artículo 27.10 de la Constitución y la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, de Sistema
Universitario. El artículo 3.2.q) de esta última norma establece que dicha autonomía
comprende, entre otros aspectos «el establecimiento de relaciones con otras universidades,
instituciones, organismos, Corporaciones de Derecho Público, Administraciones públicas o
empresas y entidades locales, nacionales e internacionales, con el objeto de desarrollar
algunas de las funciones que le son propias a la Universidad».
III. Que el Instituto Cervantes y la Universidad de Murcia están interesadas en
suscribir el presente convenio con el fin de establecer la cooperación en el desarrollo de
un programa de prácticas académicas externas para que los estudiantes de la Universidad
puedan realizar prácticas curriculares y extracurriculares no remuneradas en las sedes del
Instituto Cervantes en Madrid o en sus centros en el exterior, que les permitan aplicar y
complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la
adquisición de competencias que les preparen para el ejercicio de actividades
profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento.
IV. Que el presente convenio se rige por lo dispuesto en el Real Decreto 592/2014,
de 11 de julio (BOE de 30 de julio), por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios y otras normas complementarias que puedan
resultar de aplicación.
V. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 a) de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio ajusta su
contenido al modelo autorizado por la Secretaría General Técnica del entonces
Ministerio de Hacienda y Función Pública en fecha 7 de diciembre de 2023.
VI. Que el Consejo de Administración del Instituto Cervantes en sesión de fecha
de 16 de junio de 1995 aprobó los criterios básicos para la firma de convenios con
universidades y otras instituciones académicas.
De acuerdo con lo anterior, ambas partes, dado que sus fines son concurrentes o
complementarios, formalizan el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
Segunda.
Convocatoria de las prácticas y criterios de selección del estudiante.
En función de las necesidades del Instituto Cervantes y las disponibilidades de
estudiantes, se determinará de común acuerdo el número de estudiantes que pueden
realizar las prácticas en el Instituto Cervantes.
La Universidad asumirá y gestionará todos los aspectos formales de la convocatoria
de prácticas objeto del presente convenio, de acuerdo con la normativa aplicable, así
como con su normativa y procedimientos internos, conforme a los principios de
cve: BOE-A-2025-15809
Verificable en https://www.boe.es
El objeto del presente convenio es establecer líneas de colaboración entre el Instituto
Cervantes y la Universidad de Murcia (en adelante, la Universidad) para la realización de
prácticas académicas externas curriculares y extracurriculares no remuneradas de
estudiantes matriculados o que se encuentren cursando estudios en la Universidad, en
las sedes del Instituto Cervantes en Madrid o en sus centros en el exterior.
Núm. 182
Miércoles 30 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 102722
II. Que la Universidad de Murcia, regulada por la Ley 3/2005, de 25 de abril, de
Universidades de la Región de Murcia (BOE, de 19 de mayo de 2006) y dotada de
personalidad jurídica y capacidad de obrar dentro de su ámbito de actuación, tiene como
función, entre otras, la preparación para el ejercicio de actividades profesionales que
exijan la aplicación y actualización de conocimientos y métodos científicos, tecnológicos,
sociales, humanísticos, artísticos, culturales y para la creación artística, y que sus fines,
dado su carácter educativo, son concurrentes o complementarios con los del Instituto
Cervantes.
Por su parte, la Universidad de Murcia goza de autonomía, de acuerdo con el
artículo 27.10 de la Constitución y la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, de Sistema
Universitario. El artículo 3.2.q) de esta última norma establece que dicha autonomía
comprende, entre otros aspectos «el establecimiento de relaciones con otras universidades,
instituciones, organismos, Corporaciones de Derecho Público, Administraciones públicas o
empresas y entidades locales, nacionales e internacionales, con el objeto de desarrollar
algunas de las funciones que le son propias a la Universidad».
III. Que el Instituto Cervantes y la Universidad de Murcia están interesadas en
suscribir el presente convenio con el fin de establecer la cooperación en el desarrollo de
un programa de prácticas académicas externas para que los estudiantes de la Universidad
puedan realizar prácticas curriculares y extracurriculares no remuneradas en las sedes del
Instituto Cervantes en Madrid o en sus centros en el exterior, que les permitan aplicar y
complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la
adquisición de competencias que les preparen para el ejercicio de actividades
profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento.
IV. Que el presente convenio se rige por lo dispuesto en el Real Decreto 592/2014,
de 11 de julio (BOE de 30 de julio), por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios y otras normas complementarias que puedan
resultar de aplicación.
V. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 a) de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio ajusta su
contenido al modelo autorizado por la Secretaría General Técnica del entonces
Ministerio de Hacienda y Función Pública en fecha 7 de diciembre de 2023.
VI. Que el Consejo de Administración del Instituto Cervantes en sesión de fecha
de 16 de junio de 1995 aprobó los criterios básicos para la firma de convenios con
universidades y otras instituciones académicas.
De acuerdo con lo anterior, ambas partes, dado que sus fines son concurrentes o
complementarios, formalizan el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
Segunda.
Convocatoria de las prácticas y criterios de selección del estudiante.
En función de las necesidades del Instituto Cervantes y las disponibilidades de
estudiantes, se determinará de común acuerdo el número de estudiantes que pueden
realizar las prácticas en el Instituto Cervantes.
La Universidad asumirá y gestionará todos los aspectos formales de la convocatoria
de prácticas objeto del presente convenio, de acuerdo con la normativa aplicable, así
como con su normativa y procedimientos internos, conforme a los principios de
cve: BOE-A-2025-15809
Verificable en https://www.boe.es
El objeto del presente convenio es establecer líneas de colaboración entre el Instituto
Cervantes y la Universidad de Murcia (en adelante, la Universidad) para la realización de
prácticas académicas externas curriculares y extracurriculares no remuneradas de
estudiantes matriculados o que se encuentren cursando estudios en la Universidad, en
las sedes del Instituto Cervantes en Madrid o en sus centros en el exterior.