Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. III. Otras disposiciones. Vivienda. (BOE-A-2025-15728)
Resolución de 28 de julio de 2025, de la Secretaría de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, por la que se publica la relación de zonas de mercado residencial tensionado que han sido declaradas en virtud del procedimiento establecido en el artículo 18 de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, en el segundo trimestre de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181

Martes 29 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 102017

últimos cinco años, de modo que en tal supuesto la renta pactada al inicio del nuevo
contrato no pueda exceder del límite máximo del precio aplicable conforme al sistema de
índices de precios de referencia atendiendo a las condiciones y características de la
vivienda arrendada y del edificio en que se ubique.
d) Enlaces a la publicación por parte de la Administración competente en materia
de vivienda de la memoria y la declaración prevista en el artículo 18.3 de la Ley 12/2023,
de 24 de mayo, o, en su defecto, en el portal en Internet del Ministerio de Vivienda y
Agenda Urbana.
De acuerdo con lo anteriormente expuesto, esta Secretaría de Estado, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, y en las referidas
resoluciones de declaración de zona de mercado residencial tensionado, resuelve:
Primero.

cve: BOE-A-2025-15728
Verificable en https://www.boe.es

Recoger la relación de zonas de mercado residencial tensionado que, de acuerdo
con la información obrante en este departamento, han sido declaradas siguiendo el
procedimiento establecido en el referido artículo 18 de la Ley 12/2023, de 24 de mayo,
por el derecho a la vivienda, a lo largo del segundo trimestre de 2025, y reflejar los
contenidos para ellas establecidos en las correspondientes declaraciones: