Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-15630)
Resolución de 8 de julio de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora mercantil IV de Madrid a inscribir una escritura de poder.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180
Lunes 28 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 101252
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
15630
Resolución de 8 de julio de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la
registradora mercantil IV de Madrid a inscribir una escritura de poder.
En el recurso interpuesto por don A. C. N., en nombre y representación de la entidad
«MED Playa Management, SLU», contra la negativa de la registradora Mercantil IV de
Madrid, doña María Luisa Moreno-Torres Camy, a inscribir una escritura de poder.
Hechos
I
En el Registro Mercantil de Madrid, en la hoja abierta a la sociedad «Smart Host
Spain, SAU», en su inscripción 15.ª de fecha 2 de abril de 2023, constaba un poder
otorgado a favor de la sociedad «MED Playa Management, SLU» para que, «por medio
de sus representantes, ya orgánicos ya voluntarios que expresamente designe»,
ejercitase una serie de facultades.
En escritura autorizada el día 6 de marzo de 2025 por la notaria de Girona, doña
María Belén Mayoral del Barrio, con el número 531 de protocolo, la sociedad «MED
Playa Management, SLU» designó a los «apoderados de la compañía “MED Playa
Management, Sociedad Limitada –unipersonal–” para el ejercicio del poder a su favor
conferido por la compañía “Smart Host Spain, Sociedad Anónima –unipersonal–”».
II
Presentada el día 10 de marzo de 2025 dicha escritura en el Registro Mercantil, fue
objeto de la siguiente nota de calificación:
«María Luisa Moreno-Torres Camy, Registradora Mercantil de Madrid, previo el
consiguiente examen y calificación, de conformidad con los artículos 18 del Código de
Comercio y 6 del Reglamento del Registro Mercantil, certifica que he resuelto no
practicar la inscripción solicitada conforme a los siguientes hechos y fundamentos de
Derecho:
Diario/Asiento: 2025/25870.
F. presentación: 10/03/2025.
Entrada: 1/2025/42916,0.
Sociedad: Smart Host Spain SA.
Hoja: M-672301.
Expedido por: Mayoral del Barrio Belén.
Protocolo: 531 de 06/03/2025.
Fundamentos de Derecho (defectos).
– El poder debe inscribirse en la hoja de la sociedad MED Playa Management, S.L
cuya entidad consta inscrita en Girona (art. 6 y 58 RRM).
cve: BOE-A-2025-15630
Verificable en https://www.boe.es
Hechos.
Núm. 180
Lunes 28 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 101252
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
15630
Resolución de 8 de julio de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la
registradora mercantil IV de Madrid a inscribir una escritura de poder.
En el recurso interpuesto por don A. C. N., en nombre y representación de la entidad
«MED Playa Management, SLU», contra la negativa de la registradora Mercantil IV de
Madrid, doña María Luisa Moreno-Torres Camy, a inscribir una escritura de poder.
Hechos
I
En el Registro Mercantil de Madrid, en la hoja abierta a la sociedad «Smart Host
Spain, SAU», en su inscripción 15.ª de fecha 2 de abril de 2023, constaba un poder
otorgado a favor de la sociedad «MED Playa Management, SLU» para que, «por medio
de sus representantes, ya orgánicos ya voluntarios que expresamente designe»,
ejercitase una serie de facultades.
En escritura autorizada el día 6 de marzo de 2025 por la notaria de Girona, doña
María Belén Mayoral del Barrio, con el número 531 de protocolo, la sociedad «MED
Playa Management, SLU» designó a los «apoderados de la compañía “MED Playa
Management, Sociedad Limitada –unipersonal–” para el ejercicio del poder a su favor
conferido por la compañía “Smart Host Spain, Sociedad Anónima –unipersonal–”».
II
Presentada el día 10 de marzo de 2025 dicha escritura en el Registro Mercantil, fue
objeto de la siguiente nota de calificación:
«María Luisa Moreno-Torres Camy, Registradora Mercantil de Madrid, previo el
consiguiente examen y calificación, de conformidad con los artículos 18 del Código de
Comercio y 6 del Reglamento del Registro Mercantil, certifica que he resuelto no
practicar la inscripción solicitada conforme a los siguientes hechos y fundamentos de
Derecho:
Diario/Asiento: 2025/25870.
F. presentación: 10/03/2025.
Entrada: 1/2025/42916,0.
Sociedad: Smart Host Spain SA.
Hoja: M-672301.
Expedido por: Mayoral del Barrio Belén.
Protocolo: 531 de 06/03/2025.
Fundamentos de Derecho (defectos).
– El poder debe inscribirse en la hoja de la sociedad MED Playa Management, S.L
cuya entidad consta inscrita en Girona (art. 6 y 58 RRM).
cve: BOE-A-2025-15630
Verificable en https://www.boe.es
Hechos.